La Justicia europea se pronuncia mañana sobre la condena a Atutxa

m. b. MADRID / COLPISA

ESPAÑA

David Aguilar

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos resolverá el recurso del expresidente del Parlamento Vasco, condenado tras negarse a disolver el grupo parlamentario Sozialista Abertzaleak

12 jun 2017 . Actualizado a las 05:00 h.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) se pronunciará mañana sobre la condena por un delito de desobediencia impuesta al expresidente del Parlamento Vasco Juan María Atutxa. El exdirigente del PNV fue castigado por el Tribunal Supremo en abril del 2008 a un año y medio de inhabilitación ya pagar 18.000 euros de multa, condena que fue confirmada cinco años después por el Tribunal Constitucional, al negarse a disolver el grupo parlamentario Sozialista Abertzaleak (SA) tras la ilegalización de Batasuna en el año 2003.

El tribunal europeo con sede en Estrasburgo resolverá el recurso de Atutxa y de los exmiembros de la Mesa de la Cámara de Vitoria Kontxi Bilbao y Gorka Knorr contra la sentencia de la corte de garantías española, que confirmó la condena y destacó las «notables diferencias» que se dan entre este supuesto y lo establecido un año antes por la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo en la denominada doctrina Botín, que impidió la apertura de un proceso contra el presidente del Banco Santander, ya fallecido, a instancia en exclusiva de la acusación popular del procedimiento, es decir, sin que la Fiscalía presentase acusación.

Entonces, la sentencia del Tribunal Constitucional contó con el voto particular de los magistrados del sector progresista Adela Asúa, Luis Ignacio Ortega y Fernando Valdés, quienes consideraron que se vulneró el derecho de los condenados a un proceso con todas las garantías.

Versión personal

Entendían los magistrados discrepantes que los citados parlamentarios fueron castigados en segunda instancia sin que se les diera la «posibilidad efectiva» de dirigirse personalmente ante el alto tribunal para exponer «la versión personal sobre su participación en los hechos que se les imputaban».

Los discrepantes expresaron en su día que las diferencias entre ambas doctrinas, Atutxa y Botín, no se abordan en la resolución de la mayoría a pesar de que, como incluso apunta el fiscal, «el resultado pudiera haber sido que la sentencia impugnada podía estar alterando, sin un soporte argumental constitucionalmente admisible», la denominada doctrina Botín.

En abril del 2008, el Tribunal Supremo acordó por mayoría estimar el recurso de casación interpuesto por el sindicato Manos Limpias, hoy ya disuelto, contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco que absolvió a los condenados.

Manos Limpias, que ejercía la acusación popular, fue la única parte que presentó un escrito de acusación durante el juicio celebrado contra los exparlamentarios, ya que el fiscal en el tribunal superior vasco desistió de acusar y no existía ninguna otra acción particular.