60.000 euros por estar 542 días presa por un homicidio que no cometió

m. b. MADRID / COLPISA

ESPAÑA

Ulises Rodriguez | EFE

El Supremo condena al Estado a pagar a una mujer absuelta tras un forcejeo con un hombre que falleció

24 may 2016 . Actualizado a las 05:00 h.

El Tribunal Supremo ha condenado al Estado a pagar a una mujer una indemnización de 60.000 euros en concepto de responsabilidad patrimonial por prisión preventiva, al considerar que estuvo 542 días encarcelada por un delito de homicidio que no existió. Verónica G. V. fue absuelta por un jurado popular de la Audiencia Provincial de Madrid tras considerar como único hecho probado que el fallecido, Rogelio T., se clavó accidentalmente el cuchillo en el pecho durante un forcejeo con la acusada.

La sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo concluye que al faltar la acción típica del homicidio -debido a que la muerte del hombre se produjo al clavarse él mismo un cuchillo en el pecho- la inexistencia del delito imputado determina la declaración de responsabilidad patrimonial del Estado. Por este motivo, estima el recurso contencioso-administrativo de la recurrente y anula el fallo de la Audiencia Nacional que entendió que no se daban los requisitos para indemnizarla, cuya absolución se produjo por la inexistencia de pruebas de cargo suficientes contra ella. La misma sentencia rechazó la petición de indemnización por error judicial y funcionamiento anormal de la Administración de Justicia. La mujer reclamaba 1.054.656 euros por el tiempo que estuvo encarcelada, y más de 200.000 por otro motivos.