El Supremo critica «el incremento exponencial de los aforamientos»

Melchor Saiz-Pardo MADRID / COLPISA

ESPAÑA

Considera que es un «privilegio» que debe utilizarse de forma ocasional

01 oct 2015 . Actualizado a las 05:00 h.

El Supremo puso en pie en pared con los aforados porque considera que hay que poner coto a esa figura procesal porque se está extendiendo con demasiada alegría y en realidad se trata de un «privilegio» judicial que debe ser una excepción muy ocasional.

El alto tribunal ha aprovechado una de las múltiples demandas que el comisario José Manuel Villarejo Pérez -conocido por haber grabado su reunión con el expresidente madrileño Ignacio González y porque fue implicado en el caso Pequeño Nicolás- contra dos fiscales anticorrupción para lanzar un verdadero alegato en contra del aforamiento y contra el símbolo en que esta «inaceptable» prerrogativa se convierte cuando se abusa de ella en un «incremento exponencial».

El durísimo auto de la Sala Segunda del Supremo viene motivado por la insistencia de la Fiscalía para que sus dos representantes demandados, José Grinda y Juan José Rosa, quedaran bajo la competencia del Supremo y no de la sala de lo civil y penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, como establece la ley.

Villarejo denunció en mayo a Grinda y Rosa por sus supuestas maniobras para relacionarle con el caso Emperador de la mafia china y el caso del Pequeño Nicolás. El comisario, que acusó a los fiscales de intentar sobornar a un abogado, insistió en que ambos pertenecen a una camarilla de agentes del Centro Nacional de Inteligencia que tienen como objetivo desacreditarle.

La sala no entró a valorar los hechos que el comisario de Policía imputaba a los dos fiscales porque, según el tribunal, los querellados no tienen fuero ante el Tribunal Supremo. El auto recuerda que la ley orgánica adjudica la competencia a la sala segunda del Supremo para instruir causas seguidas contra el fiscal general y los fiscales de sala del Tribunal Supremo. Pero nadie más del ministerio público, por mucho que el fiscal del Supremo se empeñara en defender el aforamiento ante esta sede de sus compañeros de Anticorrupción, alegando que ese departamento despliega su trabajo en todo el territorio nacional.

Criterio sin lógica

La sala, sin embargo, entiende que ese criterio basado en el ámbito territorial no tiene lógica. Sobre todo porque este racionamiento, llevado a sus últimas consecuencias, «podría desbordar el fundamento mismo del aforamiento. Y es que todo fiscal puede ser llamado al conocimiento de un asunto en cualquier punto del territorio nacional», apunta.

Y es ahí, ante esta maniobra frustrada de la Fiscalía por buscar un aforamiento, cuando estalla el Supremo. El alto tribunal dice que no está dispuesto a alentar lo que califica como la «concepción cuasi protocolaria del aforamiento» que se está haciendo en los últimos tiempos. Por ello, en la resolución insiste en la «importancia de huir de criterios interpretativos que fomenten el incremento exponencial de los aforamientos ya vigentes».

El alto tribunal se aliena así con la propuesta que lanzó en el verano del año pasado el entonces ministro de Justicia. Alberto Ruiz-Gallardón propuso, sin éxito, una reforma para reducir de 17.621 a 22 los aforados en España, al margen de los miembros de la Familia Real. La idea no cuajó por la negativa de Mariano Rajoy y de varias comunidades a abrir el debate de la reformas de sus estatutos.