El Gobierno trabaja contra reloj en el blindaje legal del rey tras abdicar

Mateo Balín MADRID / COLPISA

ESPAÑA

Prevé cubrir el vacío desde que ceda la Corona para evitar denuncias

05 jun 2014 . Actualizado a las 07:00 h.

El Gobierno trabaja a toda prisa para tener lista una ley que regule el nuevo estatuto de la familia real tras el anuncio de la abdicación de don Juan Carlos. La urgencia del Ejecutivo no atiende solo a esclarecer el tratamiento que tendrán los reyes salientes partir del 18 de junio, fecha posible para la proclamación del futuro monarca Felipe VI, sino a una cuestión más profunda y que causa cierto temor entre los letrados del Estado: la pérdida de la inviolabilidad del Monarca ante los tribunales y la necesidad de dotarlo cuanto antes de un fuero especial.

La abdicación supone que el rey pasará de estar exento de responsabilidad jurídica a quedar sujeto a los tribunales ordinarios. La razón es que, a día de hoy, ni la Ley Orgánica del Poder Judicial ni el proyecto aprobado el 4 de abril por el Gobierno, que en la actualidad se encuentra en fase de informes, mencionan el blindaje que recibirá don Juan Carlos tras su renuncia. De ahí que el monarca pase a convertirse en ciudadano Borbón para los tribunales a partir de la proclamación de su hijo.

Esta condición jurídica preocupa al Ejecutivo, ya que abre la puerta a que se presenten en los juzgados ordinarios una cascada de demandas civiles o querellas criminales contra el rey por sus actos pasados y futuros, tanto en la esfera pública como en la privada. Sin ir más lejos, una asociación denominada Soberanía de la Democracia presentó el martes una ampliación de su querella en la Audiencia Nacional a raíz de la publicación del libro de la periodista Pilar Urbano sobre la «trama civil» del 23-F. La denuncia iba dirigida contra el expresidente Felipe González y «otros presuntos cómplices de la lista del General Alfonso Armada», y ahora también la amplían contra «el ya exrey como personaje principal o máximo jefe de la trama».

Doble interpretación

En este caso se piden responsabilidades penales a don Juan Carlos por hechos ocurridos durante su reinado. Sin embargo, según coinciden expertos de Derecho Constitucional consultados, los actos del jefe del Estado en ese período no estarían sujetos a responsabilidad jurídica, pese a la pérdida de la inviolabilidad, según una interpretación amplia del 56.3 de la Carta Magna.

No obstante, otras visiones más estrechas de ese artículo defienden que tras, la abdicación, no habría «impedimento procesal» para procesar al rey por la vía civil o penal tanto por asuntos futuros como pasados. Más allá de esta doble interpretación jurídica de la norma, el Ejecutivo no quiere asumir el riesgo de que un juzgado ordinario admita una demanda contra el ciudadano Borbón. Por ello ya ha encargado a los letrados del Estado la reforma del estatuto de la familia real, para que entre en vigor cuanto antes y cubra «los días o semanas» de vacío legal que se producirá tras su abdicación. El punto fuerte de la ley será la regulación del aforamiento del rey ante el Tribunal Supremo, tal y como ya estaba previsto para la reina y los príncipes de Asturias. Aunque también se estudia algún mecanismo de inmunidad por el que no pudiese ser imputado sin autorización de las Cortes.