El fiscal jefe de Madrid pide inhabilitar al juez Elpidio José Silva durante 30 años

Efe

ESPAÑA

Moix le acusa de un delito de prevaricación, dos contra la libertad individual y uno de retardo malicioso en la Administración de Justicia

23 ene 2014 . Actualizado a las 18:45 h.

El fiscal jefe de Madrid, Manuel Moix, ha pedido al Tribunal Superior de Justicia de Madrid que condene a 30 años aljuez Elpidio José Silva por su proceder «absolutamente irregular y contrario a cualquier interpretación posible en Derecho» en la investigación al expresidente de Caja Madrid Miguel Blesa.En un escrito remitido a la Sala de lo Civil y Penal, reclama además que se le condene a la «pérdida definitiva del cargo que ostenta y de los honores que le son anejos» y a la incapacidad para obtener, mientras dure la condena, «cualquier empleo o cargo en el ámbito de la administración de justicia».

Moix le acusa de un delito de prevaricación, dos contra la libertad individual y uno de retardo malicioso en la Administración de Justicia, delitos por los que hoy el juez Jesús Gavilán ha dictado la apertura de juicio oral contra él. El fiscal basa su petición en la «injustificada e inmotivada reapertura» de la causa en la que investigaba la concesión de un crédito de 26,6 millones al Grupo Marsans más de dos años después de haberla archivado y sin que hubiera aparecido ningún dato nuevo que lo justificase ni «sin sustentar dicha decisión en la más mínima motivación jurídica».Le acusa de haberlo hecho «con pleno conocimiento de la total carencia de cualquier tipo de fundamentación» que lo justificara y con la intención de «dar cobertura a una investigación prospectiva» prohibida por la ley al pasar de la causa inicial, el crédito a Marsans, a una instrucción judicial «general e innominada».Por si fuera poco, el juez justificó su decisión reproduciendo un artículo de Wikipedia, titulado «La crisis de Bankia y sus consecuencias -mayo 2012-», que hacía referencia a hechos posteriores a los denunciados por Manos Limpias.

Moix también le acusa de haber adoptado medidas que afectaban a los derechos fundamentales a la intimidad y al secreto de las comunicaciones, como fue la de incautar los 8.777 correos de Blesa, mediante providencia y no con un auto motivado, como es preceptivo. Asimismo, le critica por haber retrasado deliberadamente algunas de sus resoluciones, en algunos casos hasta cinco meses, para poder abarcar así de modo «torticero» la investigación de la compra del City National Bank de Florida.

Y es que, según el fiscal, el juez Silva diseñó una «estrategia» para abarcar la causa del CNB aceptando una ampliación de la denuncia inicial de Manos Limpias y dándole un carácter de «ampliación durmiente», reservándose así la competencia para investigar estos hechos sin corresponderle. «La asunción por el acusado del conocimiento de estas nuevas diligencias previas relativas a la adquisición del City National Bank of Florida no fue inane, sino el instrumento utilizado conscientemente para vulnerar el derecho a la libertad» de Blesa. Tras asumir esa competencia, citó de urgencia al exbanquero y acordó enviarle a prisión bajo fianza de 2,5 millones de euros en mayo a instancias de Manos Limpias, cuando el sindicato ni siquiera estaba personado en el nuevo procedimiento. En el del crédito, por añadidura, permitió al sindicato personarse como acusación particular y no popular para poder continuar con una instrucción que, de otra forma, le estaba «total y absolutamente vedada».

Llegaron así las dos «ilícitas» decisiones consecutivas de encarcelar a Blesa, una con fianza y la segunda de manera incondicional, incompatibles entre sí y a instancias de una parte que no tenía la condición de tal. Junto a ello, ordenó el secreto de las actuaciones con el «espurio fin» de «limitar la intervención de las defensas en el procedimiento» e impedir así que puedan seguir recurriendo todas las resoluciones como hasta el momento venían haciendo.

Otra de las irregularidades denunciadas es que abrió otra causa al abogado de Blesa por revelación de secretos y citó a Blesa como testigo, «lo que implicaba una vulneración clamorosa de los derechos que le correspondían por su condición de imputado» en otro procedimiento. «Este proceder del acusado, absolutamente irregular y contrario a cualquier interpretación posible en Derecho,», fue lo que llevó a la Audiencia Provincial de Madrid a anular el caso, recuerda el fiscal.