Los consumidores quieren que el Gobierno discrimine por ley las cláusulas suelo

J. A. B. / Colpisa MADRID

ESPAÑA

Le instan a «actualizar» la normativa con la sentencia del Tribunal Supremo, aunque lamentan que ésta no haya ido más lejos

10 may 2013 . Actualizado a las 21:48 h.

Las asociaciones de consumidores pretenden que el Gobierno discrimine por ley qué requisitos han de cumplir las cláusulas suelo para considerarse validas, con arreglo a los parámetros establecidos por el Tribunal Supremo en la sentencia hecha pública este jueves y que sienta jurisprudencia.

En su opinión, es la única forma de hacer cumplir de forma efectiva dicho fallo -junto a una campaña de información del Ministerio de Sanidad y Consumo-, evitando así que posibles perjudicados por estas condiciones leoninas sigan pagando un sobreprecio solo por ignorancia del citado fallo o bien desconocimiento de cómo le puede afectar en su caso concreto.

Y es que tras haber rechazado el propio alto universal la posibilidad de anular todas las cláusulas suelo -por entender que aquellas en las que hubiera suficiente información previa «de forma clara y destacada» sobre sus riesgos y/o no supongan un abuso respecto al mismo sí son perfectamente legales-, será el propio cliente que se considere afectado por esta problemática quien tenga que interponer la reclamación correspondiente, por vía administrativa y/o judicial, aludiendo a dicha sentencia. No obstante, las asociaciones aconsejan acudir primero a la entidad para pedir que elimine motu proprio tales condiciones y, en caso de recibir una respuesta negativa, acudir a los tribunales.

En dichas reclamaciones, las organizaciones de consumidores también aconsejan incluir las cantidades ya abonadas con anterioridad (al no haber podido aplicar las ventajas de un euríbor que lleva más de un año en mínimos históricos), pese a que el Supremo ha declarado la irretroactividad de su fallo. Y es que según AUSBANC, la asociación que interpuso el recurso que ha propiciado el fallo del Supremo, «en un procedimiento ordinario se podrá solicitar tanto la nulidad de la cláusula como la devolución de las cantidades de forma individual, sin que atente al sistema financiero en su conjunto ni provoque ningún riesgo sistémico», elementos aducidos en parte por los magistrados para justificar la no reclamación a los bancos de las sumas satisfechas, decisión que la OCU considera «inadmisible» al entender que para ello «ha retorcido la ley» y que desde FACUA se tacha incluso de «aberrante».

Eso para las hipotecas ya firmadas con anterioridad, ya que una vez entré en vigor la nueva ley de medidas para reforzar la protección de los deudores de este tipo de créditos (pendiente de publicarse en el BOE en los próximos días tras ser ya aprobada por el Senado), cualquier cláusula suelo deberá contar con la conformidad previa del cliente (de su puño y letra) respecto a que ha sido advertido de los riesgos que asume y, fundamentalmente, los entiende.