La Audiencia Nacional estudia si suspende cautelarmente las tasas judiciales

Efe

ESPAÑA

Admitidos a trámite los recursos presentados por el Colegio de Abogados de Ourense y un colectivo más de cien letrados de toda España

23 ene 2013 . Actualizado a las 03:36 h.

La Audiencia Nacional debe decidir si suspende cautelarmente el cobro de las nuevas tasas judiciales, puestas en marcha por el Gobierno, a petición de dos recursos que ha admitido a trámite y que han presentado, respectivamente, un colectivo de más de cien abogados de toda España y el Colegio de Abogados de Ourense.

Los recursos están en manos de la jurisdicción Contencioso-Administrativa de la Audiencia y ambos piden la suspensión cautelar de las tasas, es decir, que dejen de cobrarse en tanto no se resuelva por parte de los tribunales si son o no ajustadas a derecho. Sobre esta eventual suspensión cautelar el tribunal resolverá, después de escuchar al abogado del Estado, de manera inmediata, ya que el primero de los recursos citados, al que ha tenido acceso Efe, ha dado lugar en la Audiencia a la apertura de un procedimiento específico sobre la medida cautelar.

Los abogados argumentan a favor de la suspensión provisional de las tasas que el perjuicio, para letrados, particulares e intereses generales, que resultaría de aplicar la norma, para que luego fuera anulada, es «muy superior» al que le originaría a la Administración del Estado que, por ahora, se dejasen de cobrar. Para el Estado, la suspensión provisional supondría «tan solo que se dejen de recaudar unas cantidades sin las que, hasta la entrada en vigor de la nueva normativa, se venía prestando el servicio de Justicia», dice este escrito, firmado entre otros por el jurista Ramón Entrena Cuesta.

Más allá de la suspensión cautelar, la Audiencia Nacional debe resolver otras cuestiones de fondo, como si la Ley de Tasas es adecuada al derecho o si debe elevar una consulta sobre ella ante el Tribunal Constitucional, además de pronunciarse sobre si el procedimiento por el que fue desarrollada, una orden del Ministerio de Hacienda, es correcto o no. El primero de los recursos citados defiende la nulidad de la orden del Ministerio de Hacienda que desarrolla la Ley de Tasas.

En este sentido el escrito señala, entre otras razones, que no es Hacienda, sino Justicia, quien debió desarrollar por decreto la Ley de Tasas y que la orden recurrida, al afectar al derecho a la tutela judicial (es decir, el acceso a los tribunales de los ciudadanos) debería haber recibido el informe del Consejo de Estado y del Consejo General del Poder Judicial.