La Audiencia Nacional archiva la causa contra los convocantes de la protesta del 25-S

EFE

ESPAÑA

Emilio Naranjo

El juez Pedraz considera que tampoco cometieron un delito contra las instituciones del Estado los 35 detenidos durante los incidentes que tuvieron lugar frente al Congreso de los Diputados

04 oct 2012 . Actualizado a las 20:50 h.

El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz ha acordado hoy archivar la causa abierta contra ocho de los convocantes de la manifestación del 25-S frente al Congreso de los Diputados al considerar que no existe delito contra las altas instituciones del Estado.

Pedraz ha tomado esta decisión tras tomar declaración durante algo menos de una hora a los acusados, a los que no ha impuesto ningún tipo de medida cautelar, y estimar que del análisis del acta del diario de sesiones del pleno celebrado aquel día «no consta alteración alguna del normal funcionamiento» del mismo.

De esta forma, insiste en que la «larga sesión» se desarrolló «normalmente» y que por ello los acusados no cometieron un delito tipificado en el artículo 494 del Código Penal, que castiga «a los que promuevan, dirijan o presidan manifestaciones u otra clase de reuniones ante las sedes del Congreso de los Diputados, cuando estén reunidos, alterando su normal funcionamiento».

Un extremo que ha sido negado también por los detenidos, que le han manifestado que «en modo alguno pretendían invadir, penetrar, acceder o alterar el normal funcionamiento del Congreso, insistiéndose en el carácter pacífico de las concentraciones, movilizaciones o manifestaciones convocadas».

Algo que confirman, prosigue Pedraz, las declaraciones de un parlamentario recogidas en el acta de sesiones en las que afirmaba que «el Congreso de los Diputados ha podido mantener su actividad hasta el momento con absoluta normalidad» y que, aunque en el Paseo del Prado se habían «producido algunas detenciones» y «alborotos», los diputados accedieron a la Cámara «sin ningún problema».

Santiago Pedraz considera que tampoco cometieron un delito contra las instituciones del Estado los 35 detenidos durante los incidentes que tuvieron lugar frente al Congreso de los Diputados.

Así se desprende del auto, que indica que, según la información policial suministrada al juzgado central de instrucción número 1, del que es titular, estas 35 personas fueron arrestadas por atentado, lesiones, resistencia, desobediencia y desórdenes públicos, sin especificar en concreto lo imputado a cada detenido.

En la resolución, Pedraz explica que hoy mismo ha recibido un informe de la Brigada Provincial de Información sobre los sucesos acaecidos el 25-S, que «sorprendentemente se redacta» ante la posibilidad de que cinco de los arrestados, que pasaron a disposición de un juzgado de instrucción de Madrid, cometieran un delito contra las instituciones del Estado.

El juez recuerda que estas cinco personas ya fueron puestas a disposición del juzgado de guardia de Madrid por la propia Policía, que ahora no puede «decidir imputarles delito alguno» o hacer nuevas valoraciones de los hechos ante la Audiencia Nacional, ya que la competencia sigue siendo del juzgado de instrucción madrileño, mientras el órgano judicial no diga lo contrario.

Con estos antecedentes, Santiago Pedraz insiste en que la convocatoria «Rodea el Congreso» no alteró el orden de la sesión que se celebraba en el hemiciclo y que tampoco consta que a algún diputado se le hubiera impedido salir del mismo, algo que -dice- no integra un delito contra las instituciones del Estado, «como tampoco el lanzamiento de objetos o agresiones a la Policía».

Según el magistrado, los objetos o instrumentos peligrosos de los que la Policía se incautó a algunos de los detenidos no permiten deducir que fueran a utilizarse para entrar al Congreso, sino que a la luz del propio atestado policial fueron destinados para lanzarlos a los agentes desplegados.

No cabe, por tanto, a juicio de Pedraz contemplar un delito contra las instituciones del Estado en ninguna de las actuaciones que la Policía ha denunciado hasta el momento en su juzgado, por lo que insiste en que la competencia es de la titular del juzgado de instrucción número 8 de Madrid, que el pasado lunes se inhibió en favor de la Audiencia Nacional.

Respecto a la querella que varios de los convocantes del 25-S presentaron ayer contra la delegada del Gobierno en Madrid, Cristina Cifuentes, por ese mismo delito, el juez entiende que no se le puede atribuir ningún hecho delictivo competencia de la Audiencia Nacional y les emplaza, en su caso, a presentar la denuncia en los juzgados de Madrid.