El Supremo avala por la mínima la instrucción de Varela contra Garzón

julio á. fariñas REDACCIÓN / LA VOZ

ESPAÑA

Considera que sus «excesos» no son suficientes para anular el proceso

01 feb 2012 . Actualizado a las 07:05 h.

No hubo sorpresas. La sala designada por el Tribunal Supremo para juzgar a Baltasar Garzón como presunto autor de un delito de prevaricación judicial -que le puede costar 20 años de inhabilitación- decidió seguir adelante con el juicio, rechazando así las cuestiones previas planteadas la pasada semana en la primera sesión de la vista oral por la defensa del juez y respaldadas por el fiscal.

La decisión, según fuentes judiciales solventes, fue adoptada por la mínima, ya que solo habría contado con el voto favorable de cuatro de los siete magistrados que integran el tribunal presidido por el ex fiscal general del Estado Carlos Granados.

La resolución argumenta la convalidación de las actuaciones cuya nulidad se pedía diciendo que, «sin perjuicio de los excesos que han sido denunciados, los actos que se han producido no tienen entidad material suficiente para la nulidad». Consiguientemente, entienden que el escrito de acusación presentado por Manos Limpias, «constreñido a su concreto contenido, es suficiente para entender formulada una imputación por los hechos que en él se relacionan».

Para rechazar la pretensión de la defensa y del fiscal de que se aplicase a Garzón la doctrina Botín del propio Tribunal Supremo -que considera insuficiente la sola acusación popular para juzgar a un imputado- y, por tanto, optar por aplicarle la doctrina derivada de la sentencia del caso Atutxa, que sostiene lo contrario, la sala argumenta que al caso que se está juzgando es aplicable la doctrina de la segunda sentencia (la del caso Atutxa), «toda vez que los bienes jurídicos protegidos por el tipo penal objeto de la acusación son de naturaleza pública». A mayor abundamiento apunta que «en la causa se han dictado resoluciones que han denegado la personación de quienes se consideraban perjudicados en los hechos y pretendían ejercitar la acusación particular».

En cualquier caso, esta cuestión no está definitivamente zanjada porque está pendiente del pronunciamiento del Tribunal Constitucional, ante el que su defensa ya anunció que recurriría en amparo.

La sala también rechazó la pretensión de la defensa de que se practicasen una serie de pruebas denegadas por el instructor. Le da la opción de presentarlas en la fase documental.