Miguel Carcaño podría disfrutar de permisos carcelarios en nueve años

alberto mahía A CORUÑA / LA VOZ

ESPAÑA

Juristas consideran que el juez se limitó a cumplir la ley con las pruebas que había y abogan por endurecer las penas

15 ene 2012 . Actualizado a las 10:32 h.

Miguel Carcaño puede hacer dos cosas. Ver pasar los días pegado al televisor y metido en cama o hincar los codos, sacarse una carrera y portarse a las mil maravillas, como hizo hasta la fecha. Si opta por la segunda vía, en nueve o diez años estará disfrutando de permisos carcelarios. Así es la ley, que lo mismo obliga a dar el tercer grado a un reo cuando cumple dos tercios de la condena que impone a los magistrados acogerse a la norma con escrupulosidad, y solo condenar cuando existan pruebas concluyentes. Y ante la duda, la absolución. Esto es, en resumen, lo que expertos juristas dicen del caso Marta del Castillo. Porque, como advierten, «estamos en un Estado democrático y garantista en el que para penar a alguien se deben presentar pruebas concluyentes. Los jueces no nos dejamos llevar por lo que nos dicta el corazón, por presiones o por impresiones», afirma un magistrado instructor.

Miguel Carcaño fue condenado a 20 años como autor de un delito de asesinato. «Esa es la pena que impone el Código Penal para quienes matan», según indica el abogado penalista, Víctor Espinosa. El fallo estima además que «no se ha acreditado de modo alguno que el acusado agrediera sexualmente» a Marta, ya que los restos biológicos analizados «no lo corroboran».

No importa lo que hayan declarado en las decenas de comparecencias ante el juez o ante la policía. La Ley de Enjuiciamiento Criminal es clara. Dice que el tribunal debe basar su sentencia en lo que se diga en el juicio, no antes. Por muchas veces que haya contado que violó a Marta, por muchas cartas de suicidio que haya escrito autoinculpándose de todo y más, eso solo sirve como sustento en los interrogatorios. Si el Cuco, por ejemplo, jura en el juicio que es un santo y nadie en la sala presenta pruebas para decir lo contrario, su bondad va a misa. «Por mucho que duela, no se encontraron restos biológicos del menor conocido como el Cuco en la habitación donde se cometió el crimen», precisa una magistrada de lo penal.

Lo mismo ocurre con la absolución por encubrimiento de los otros tres imputados en el caso. Ni el fiscal ni la acusación particular pudieron presentar pruebas irrefutables. El hecho de no haber encontrado el cuerpo fue una bendición para los acusados.

Sobre la estancia de Carcaño en prisión, todos los juristas consultados coinciden en que podrá pisar la calle, «si se porta bien», en el 2020. Lleva tres entre rejas. Le quedarían 17 por delante. La ley dice que se podrá conceder el tercer grado cuando se cumplan dos tercios de la condena. Eso llegará dentro de solo nueve años.