Ruz mantiene la acusación de colaboración con ETA para los imputados por el chivatazo

Melchor Saiz-Pardo MADRID / COLPISA

ESPAÑA

Por la trascendencia del caso, será el pleno de la Audiencia Nacional el que decida la suerte de los tres cargos policiales

27 jul 2011 . Actualizado a las 06:00 h.

Los 18 magistrados que componen la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional serán los que decidan si los tres mandos policiales procesados por el chivatazo a ETA en mayo del 2006 se sientan finalmente en el banquillo y, si lo hacen, acusados de qué delitos (colaboración con organización terrorista o encubrimiento y revelación de secretos). El presidente de este órgano, Javier Gómez Bermúdez, decidió que sean todos los magistrados de lo penal, y no solo los tres de la sección segunda, los que resuelvan los recursos presentados por el director general de la Policía, Víctor García-Hidalgo; el jefe superior de Policía del País Vasco, Enrique Pamiés, y el inspector José María Ballesteros, contra su procesamiento decretado por el juez Pablo Ruz el pasado 13 de julio.

Gómez Bermúdez ha dejado el futuro del caso Faisán en manos del pleno, tras confirmar que las defensas habían interpuesto un recurso de reforma subsidiario de apelación y después constatar que Ruz, minutos antes, había desestimado los recursos presentados por los abogados defensores, confirmando la imputación de colaboración con ETA.

En su resolución, Ruz rechaza la tesis de que los procesados no pudieron colaborar con ETA porque en modo alguno compartían sus fines. Según el magistrado, los tres imputados coadyuvaron «a las finalidades perseguidas» por ETA porque los mandos policiales, plenamente conscientes de lo que hacían («con conocimiento y voluntad al respecto por parte de los autores de tales hechos»), provocaron con el chivatazo que 54.000 euros, fruto de las extorsiones de la banda, «no fueran interceptados por la fuerza policial encargada de la vigilancia y seguimiento de la red terrorista investigada».

El juez señala que «los indicios acumulados en la instrucción» apuntan a que el dinero, gracias al soplo, fue puesto a «disposición de la propia organización terrorista o de alguno de sus presuntos integrantes, para el cumplimiento y ejecución de las finalidades perseguidas por tal organización».

Complejidad del asunto

Gómez Bermúdez justificó su decisión de avocar al pleno de la Audiencia Nacional la causa del soplo a ETA por la «complejidad, trascendencia e importancia jurídica» del asunto y sus repercusiones para la futura jurisprudencia del tribunal de la calle Génova.

La reunión del pleno tendrá lugar en septiembre, ya que el mes de agosto es inhábil. En ese cónclave, los magistrados tendrán que decidir sobre dos cuestiones fundamentales. La primera, si hay suficientes indicios contra los tres imputados para abrir juicio oral, tal y como sostienen Ruz y la Fiscalía, en contra de las defensas. La segunda es dilucidar si el delito que supuestamente cometieron los mandos policiales fue colaboración con banda armada, tesis que apoya el instructor, o si fue un simple encubrimiento o revelación de secretos, acusación que respalda el ministerio público y que supondría que el caso fuera enjuiciado en los juzgados de Irún, localidad donde se ubica el bar Faisán y en la que habría tenido lugar el chivatazo al aparato de extorsión terrorista.