La Audiencia Nacional considera que gritar «gora ETA» solo es delito según las circunstancias

ESPAÑA

23 may 2009 . Actualizado a las 02:00 h.

Gritar «gora ETA» no siempre es enaltecimiento del terrorismo. Así lo entendió al menos el tribunal de la Audiencia Nacional presidido por Alfonso Guevara Marcos e integrado por Guillermo Ruiz Polanco y María de los Ángeles Barreiro, que absolvió a un preso etarra para el que el fiscal pedía dos años de cárcel.

La sentencia considera probado que Ion Urretavizcaya gritó tres veces «gora ETA» a la salida del funeral de su padre, pero estas exclamaciones, según el tribunal, «no se desencadenaron para escarnio de los presentes y de toda la colectividad» y no tuvieron continuidad. Precisa el fallo que no hubo organización previa, sino que fue un incidente al término de un acto autorizado, y que se inició por vecinos congregados, simpatizantes del acusado. «Ellos -precisan- fueron los que vitorearon al condenado, indudablemente conscientes de su condición de penado por colaboración con ETA». El tribunal llegó a esta conclusión a partir del testimonio del agente de la policía autónoma vasca que custodiaba al preso etarra, al que los magistrados dan «credibilidad objetiva y subjetiva».

Los hechos tuvieron lugar el 28 de junio del 2007 en la basílica de la Purísima Concepción de la localidad vizcaína de Elorrio, cuando unas 200 personas jalearon al preso en el momento en que era introducido por la Ertzaintza en un coche patrulla.

Extradición de Venezuela

Por otra parte, el Consejo de Ministros aprobó ayer solicitar a Venezuela la extradición del etarra Ignacio Echevarría Landazabal, detenido el pasado 24 de abril en el estado de Carabobo e imputado por su supuesta participación en el intento de asesinato del periodista Gerardo Huezo, de La Gaceta del Norte, en 1981. Echevarría está imputado en el sumario 102/93 del Juzgado Central de Instrucción número 4 de la Audiencia Nacional.