El Constitucional acepta que España persiga genocidios en todo el mundo

Melchor Sáiz-Pardo MADRID

ESPAÑA

05 oct 2005 . Actualizado a las 07:00 h.

Los tribunales españoles tienen todos los avales legales necesarios para investigar y juzgar delitos de genocidio o similares de lesa humanidad con independencia del país donde se cometieron las masacres, de si hay o no víctimas o torturadores de nacionalidad española o de si existen genocidas escondidos en territorio nacional. Casi seis años después de que la premio Nobel Rigoberta Menchú pidiera a la Audiencia Nacional que investigara los crímenes cometidos por la dictadura en su país entre 1978 y 1996, el Tribunal Constitucional ha dado la razón a la activista de derechos humanos y ha fijado que el principio de jurisdicción universal prima sobre cualquier otra consideración de los tribunales nacionales. La sentencia de la Sala Segunda del Constitucional desmonta punto por punto las tesis de la Audiencia Nacional y del Tribunal Supremo, que rechazaron los recursos de Menchú y forzaron, junto a la Fiscalía, al entonces juez Guillermo Ruiz Polanco a abandonar en diciembre del 2000 la investigación por el genocidio de unos 170.000 mayas y el desplazamiento forzoso de cerca de otro millón de indígenas en el país centroamericano La sentencia es obra del vicepresidente del tribunal Guillermo Jiménez Sánchez, quien sostiene que tanto la Audiencia Nacional como el Supremo fueron demasiado «restrictivos» al imponer limitaciones a la actuación de la Justicia universal en una investigación de genocidio, hasta el punto de que vulneraron el derecho a la protección judicial que tienen tanto la premio Nobel como las organizaciones que pidieron que la Justicia española investigara las atrocidades cometidas en Guatemala. Al margen de esta crítica preliminar, los magistrados sostienen que el Convenio sobre Genocidio firmado por España «en absoluto» prohíbe que cualquier tribunal de cualquier país investigue los delitos o torturas cometidos en otro Estado. Según el alto tribunal, para activar la jurisdicción universal extraterritorial basta con que un denunciante aporte «indicios serios y razonables de la inactividad» de los tribunales del país donde se cometieron los delitos. El criterio del Constitucional coloca de nuevo a la Justicia española en la vanguardia de la persecución de los crímenes contra los derechos humanos, también denominados de lesa humanidad, puesto que ya ocupó al admitir las causas contra los genocidas argentinos y chilenos que abrió el magistrado Baltasar Garzón.