Las competiciones deportivas son una representación a escala de los mecanismos de nuestro Derecho
26 may 2026 . Actualizado a las 18:06 h.Pensemos en una competición deportiva. Nos vale el fútbol, el baloncesto, el judo o lo que prefiramos. Gana quien ha obtenido más puntuación conforme a unas reglas previamente establecidas, conocidas y aceptadas. A veces eso nos parece injusto. Pensamos que quien perdió merecía ganar porque se esforzó más, o que quien ganó lo debe a la suerte.
Tenemos un sentido innato de la justicia como valor moral; pero tenemos otro, más desarrollado, con el que aceptamos que lo justo no puede ser lo que a cada uno nos parezca —sería un lío enorme— sino el resultado de aplicar las reglas que nos damos para convivir con orden. Aunque ese resultado a veces nos disguste.
El deporte organizado es una representación a escala de los mecanismos de nuestro Derecho, y resulta útil para comprender algunos conceptos fundamentales.
En su artículo 9, nuestra Constitución garantiza el principio de legalidad, la publicidad de las normas, la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables y la seguridad jurídica. Para entender su significado, que puede parecer complejo, volvamos a un partido de fútbol. Un equipo lleva ventaja de un gol. De repente el árbitro convoca a los capitanes y les informa que a partir de ese momento el gol con la pierna izquierda vale doble, y si es con la cabeza, triple. El equipo que gana había retirado a su delantero, zurdo y rápido, para proteger la ventaja con otro defensa; el contrario da entrada a un jugador alto, aunque poco hábil con los pies, que al final remata un córner de cabeza y pone a su equipo por delante 3 a 1.
Algo así no sería posible porque es contrario a la publicidad de las normas y la seguridad jurídica: las reglas deben conocerse de antemano para que tomemos nuestras decisiones conforme a ellas, y no pueden cambiarse a mitad de partido.
Si el árbitro hubiese decidido no sancionar ese día el uso de las manos para tocar el balón a quien no fuese portero, actuaría de modo contrario al principio de legalidad, que significa que las reglas no solo existen, sino que no pueden dejar de aplicarse.
Y si la federación de fútbol publicase una semana después una regla que castigue con expulsión directa toda falta en el área, y con esa norma, decidiese revisar los partidos de la jornada anterior y expulsar a todos los jugadores que esas faltas cuando esa regla no existía, violaría la garantía de irretroactividad, porque las disposiciones sancionadoras no pueden aplicarse a hechos ocurridos antes de su aprobación. Cuando tenía 13 años arbitré por primera vez un partido de voleibol, que era un deporte que practicaba y cuyas reglas conocía bien. Aunque entonces no podía saberlo, fue mi primera práctica de Derecho.
Álex Martín es abogado.