Un décimo premiado es un título, pero ¿también lo es una participación?
26 may 2026 . Actualizado a las 18:08 h.El juego de la lotería de Navidad es muy sencillo. El participante adquiere un billete o boleto con un número y, si coinciden, con el extraído al azar en un sorteo posterior, recibe un premio. Todo se hace conforme a unas reglas que fijan cómo se participa, cómo se realiza el sorteo, cuáles son los premios y cómo se perciben. Esas reglas crean y garantizan los derechos de quienes deciden jugar.
En España, la ley reserva al Estado la organización del juego de la lotería, que constituye una importante fuente de ingresos públicos. Para cada sorteo, la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT), que es la que emite los billetes de euro, imprime los boletos (en billetes de diez décimos cada uno) con medidas de seguridad similares a las del dinero, para evitar su falsificación. Un décimo premiado es, pues, un título. En el mundo jurídico un título es un documento que acredita la posesión de un derecho y permite exigir su cumplimiento. Quien posee un décimo premiado tiene derecho a cobrar del Estado el importe del premio.
Es frecuente, sin embargo, que asociaciones, empresas, clubes, peñas o comisiones de fiestas adquieran décimos con la intención de fraccionarlos y distribuirlos en unidades de menor valor. Como los décimos no pueden trocearse, emiten boletos propios, conocidos como participaciones, que representan una fracción del décimo. Así, más personas pueden jugar un mismo número sin pagar el precio íntegro del décimo. Y en ocasiones puede añadirse un pequeño recargo, a modo de donativo, destinado a financiar las actividades del colectivo.
El marco jurídico de estas participaciones es distinto al de los décimos. No están emitidas por la Fábrica de Moneda y Timbre, no son un título equivalente a un décimo y su pago no está garantizado por el Estado. La obligación de abonar el premio corresponde exclusivamente a quien las ha emitido y las ha vendido.
De ahí la regla elemental: las participaciones deben estar siempre respaldadas por los décimos correspondientes. Quien las emite está obligado a disponer de todos los décimos que representan, para que, si el número resulta premiado, pueda pagarse a cada participante la parte que le corresponda. Aunque existen recomendaciones y prácticas destinadas a evitar errores en la expedición de participaciones, en última instancia todo depende del cuidado, la diligencia y la buena fe de quien organiza el reparto.
Eso pone de manifiesto lo ocurrido en Villamanín, en León, esta Navidad. La comisión de fiestas emitió y vendió participaciones correspondientes a cincuenta décimos de un número premiado, pero solo disponía de cuarenta décimos. Si se trató de un descuido, de una negligencia o si se hizo a sabiendas, en la confianza de que nunca ocurriría lo más improbable —que tocase el gordo—, lo desconocemos.
Largos procedimientos
El premio que se obtendrá cuando la comisión de fiestas presente los décimos al Estado no alcanzará para pagar íntegramente a todos los titulares de participaciones vendidas de ese número. Lo cierto es que el derecho no puede garantizar en este caso lo que sí asegura a quienes poseen décimos: que cobren el importe íntegro que les correspondería.
Tras largos y costosos procedimientos, y solo si las personas de la comisión de fiestas fuesen declaradas responsables personales por las cantidades que falten para cubrir el pago íntegro de todas las participaciones y contasen, además, con patrimonio suficiente para hacer frente a esa obligación —hablamos de cantidades muy elevadas—, podría llegar a haber un resarcimiento. No es una buena recomendación seguir ese camino, abocado a la frustración y al ensanchamiento del problema causado.
Lo cierto es que no hay una solución práctica distinta de la ya propuesta y conocida: que todos los participantes, puestos de acuerdo, cobren algo menos para que todos puedan cobrar algo (se proponía que cada agraciado pase de cobrar 80.000 a 75.000 euros). Y deben adoptarse medidas para que algo como esto, que ha causado una enorme convulsión y fractura en el pueblo, no vuelva a ocurrir.
Álex Martín es abogado.