La Junta Electoral excluye a la exetarra Majarenas de la lista de Bildu de Astigarraga

Melchor Saiz-Pardo / Lourdes Pérez MADRID / COLPISA

ELECCIONES 28M

La exetarra, Sara Majarenas, interviene en un acto celebrado tras participar en una manifestación convocada en San Sebastián por la red de apoyo a los presos de ETA Sare.
La exetarra, Sara Majarenas, interviene en un acto celebrado tras participar en una manifestación convocada en San Sebastián por la red de apoyo a los presos de ETA Sare. Juan Herrero

El órgano de control de este 28M le impide presentarse al constatar que no ha cumplido la condena de inhabilitación que se le impuso

25 may 2023 . Actualizado a las 22:20 h.

La Junta Electoral de Guipúzcoa ha anulado este jueves por la tarde la candidatura de la exetarra Sara Majarenas Ibarreta al Ayuntamiento de Astigarraga al dar por verificado que, tal y como ha denunciado Dignidad y Justicia, ha acreditado la Audiencia Nacional y ha comunicado la Fiscalía a lo largo del día, la aspirante incluida en sus listas por EH Bildu no ha cumplido la condena de diez años de inhabilitación absoluta que le fue impuesta en 2007 por integración en organización terrorista. El órgano local de control de los comicios de este 28-M mantiene en la liza al resto de la plancha de la coalición abertzale en la localidad guipuzcoana, cuya legalidad fue proclamada en su momento.

La decisión ha cerrado un día frenético en el que se han sucedido la denuncia de la asociación de víctimas que encabeza Daniel Portero, el cotejo de la misma con el Servicio Común de Ejecutorias de la Audiencia y la asunción por la Fiscalía de que Majarenas tiene aún pendiente de cerrar el ciclo de su inhabilitación, pese a que el Ministerio Público avaló que ninguno de los 44 candidatos de EH Bildu en el País Vasco y Navarra sentenciados en su día por su vinculación con la violencia -siete de ellos con delitos de sangre- incurría en causas de inegibilidad.

La Fiscalía de la Audiencia Nacional había comunicado a primera hora de la tarde a la Junta Electoral de Guipúzcoa que Majarenas está imposibilitada para concurrir a las urnas en virtud de las exigencias plasmadas en la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (Loreg) y tras acreditarse que la inhabilitación para el sufragio pasivo de la exetarra no vence hasta abril del 2028. Casi en paralelo, era la hasta hoy candidata la que recibía en su domicilio de Astigarraga la notificación en el mismo sentido del Servicio de Ejecutorias de la Audiencia Nacional.

La Fiscalía tuvo conocimiento de la situación legal precisa de Majarenas después de que la sección tercera de la Sala de lo Penal de los juzgados centrales, a través de una providencia, le comunicara que iba a efectuar «la práctica de la condena de inhabilitación absoluta que le fue impuesta en sentencia firme» a la candidata de Bildu. «Ante dicha circunstancia, de la que tenemos conocimiento en el día de hoy, se ha procedido por parte de la Fiscalía del Audiencia Nacional a dar cuenta de ello a la Junta Electoral de Zona», apuntó la Fiscalía.

La inclusión en la lista de una condenada cuya inhabilitación se acaba de dar por acreditada «no desvirtúa», según el Ministerio Público, la decisión que tomó el pasado 17 de mayo para archivar las diligencias de investigación 1020/2023 al dar por buena la presencia de la antigua integrante de ETA en las listas así como la de los otros 43 condenados por su pasada vinculación con el terrorismo, tras cotejar la situación procesal de cada uno de ellos con sus respectivas hojas histórico-penales. «Del examen de esta documentación no se aprecia la concurrencia de circunstancia alguna que nos permita atisbar que nos hallemos ante un supuesto de inegibilidad» de los previsto en el artículo 6.2 de la Loreg, zanjó entonces el Ministerio Público, que había dejado en manos de la Junta Electoral de Guipúzcoa la resolución adoptada, finalmente, esta tarde de excluir a Majarenas de las listas.

La fuerte controversia suscitada por la inclusión de 44 condenados por su pasada vinculación con ETA en las listas de EH Bildu para las elecciones municipales y forales de este domingo en el País Vasco y Navarra ha escrito este jueves así un nuevo episodio, cuando el tsunami político parecía apaciguado, en puertas del final de la campaña y de la cita con las urnas. La reacción de todos los órganos concenidos a consecuencia de movimiento de la asociación Dignidad y Justicia, que había impugnado ante la Junta Electoral de Zona de San Sebastián, pidiendo su anulación, la candidatura de la coalición abertzale en la localidad guipuzcoana de Astigarraga por la inclusión en la misma de Sara Majarenas.

Dignidad y Justicia había revelado que la etarra sentenciada en el 2007 por la Audiencia Nacional a ocho años de prisión y diez de inhabilitación para empleo o cargo público por integración en organización terrorista. El colectivo de víctimas denunció que ésta no ha cumplido esta última pena —la de inhabilitación absoluta— por lo que su incorporación a las planchas de la formación de Arnaldo Otegi vulnera la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (Loreg). Acogiéndose a los precedentes en su día de Iker Casanova, hoy aspirante a la presidencia de la Diputación de Vizcaya por EH Bildu, y del propio coordinador general de la coalición independentista, Arnaldo Otegi, la asociación de víctimas solicitaba a la Junta Electoral de Zona la impugnación y anulación de la candidatura que incorpora a Majarenas al interpretar que la Fiscalía no ha contabilizado correctamente la liquidación de su condena.

La agrupación que encabeza Daniel Portero, hijo del fiscal-jefe asesinado por ETA y parlamentario del PP en la Asamblea de Madrid, explicaba en su escrito a la junta guipuzcoana dónde estaría el error apoyándose en los precedentes de Casanova y Otegi y recordando lo que establecía el fallo judicial. Majarenas fue condenada por la sección tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, con confirmación posterior del Supremo, a los mencionados ocho años de prisión por integración en banda armada y los diez de inhabilitación. Junto a ello, fue sentenciada a dos años y siete meses de cárcel por un delito continuado de falsedad en documento oficial con finalidad terrorista y a la misma sanción penal por tenencia ilícita de armas. El veredicto precisaba la imposición a Majarenas de la « inhabilitación absoluta por tiempo superior en diez años al de la duración de las penas que respectivamente» se le aplicaban.

Hasta 2028

En la documentación presentada ante la Junta Electoral de Zona, que trasladó también a la Junta Electoral Central y al Servicio Común de Ejecutorias de la Audiencia Nacional, Dignidad y Justicia constata que la hoy candidata de EH Bildu ingresó en prisión el 17 de febrero de 2005 y salió de la cárcel el 9 de abril del 2018 tras cumplir 13 años y dos meses de privación de libertad. En función de estos datos y lo determinado por la sentencia que la condenó, los denunciantes ya daban por acreditado antes de que la Fiscalía lo respaldara que no ha vencido ese plazo superior a diez años —lo hará en abril de 2028— de inhabilitación que pesa sobre la exetarra. Y que, en consecuencia, tendría vetado concurrir a las elecciones del domingo. En sus argumentaciones, Dignidad y Justicia cita el precedente de Casanova como la primera vez que logró confirmar, en el 2015, la disonancia que existía en la determinación del cumplimiento de las penas, dado que no se incorporaba a las liquidaciones de condena la fecha de extinción de las sanciones de inhabilitación como seguiría ocurriendo con las hojas de los históricos penales.

Sara Majarenas saltó a la actualidad hace unos años, tras su condena, por haber sido víctima del acuchillamiento de su hija, cuando ésta tenía dos años, a manos de su progenitor. El agresor, condenado a 28 años de prisión, trató de asesinar a la pequeña en la localidad valenciana de Benifaió mientras su madre permanecía en la cárcel de Picassent.