Las aerolíneas deberán indemnizar a los pasajeros en caso de cancelación por la subida del precio del queroseno

Olatz Hernández LA VOZ / COLPISA

ECONOMÍA

Tres aviones comerciales de distintas compañías en el aeropuerto de Santiago, en una imagen de archivo.
Tres aviones comerciales de distintas compañías en el aeropuerto de Santiago, en una imagen de archivo. XOAN A. SOLER

La Comisión Europea apunta que las compañías no podrán subir el precio de un billete por el encarecimiento del combustible de forma retroactiva

08 may 2026 . Actualizado a las 13:46 h.

Si usted ya tiene su billete de avión para las vacaciones de verano, la aerolínea no podrá subirle el precio del pasaje por el incremento del coste del queroseno. Y si su viaje es cancelado, la compañía con la que vuela deberá indemnizarlo por dicha cancelación. La Comisión Europea ha publicado este viernes sus guías que aclaran cómo funciona la legislación europea en el posible caso de una escasez de queroseno, usado para el combustible de aviones. La guerra en Irán y el bloqueo del Estrecho de Ormuz han hecho que la factura energética de la Unión Europea (UE) se dispare y el bloque se prepara ante una posible escasez de queroseno. «Hasta ahora, las cancelaciones que hemos visto tienen que ver con la subida de precios, no de escasez de queroseno», ha asegurado la portavoz de Transportes comunitaria, Anna-Kaisa Itkonen, quien ha afirmado que las aerolíneas «son libres» de decidir si cancelan o no un vuelo por razones económicas, pero que esas cancelaciones solo estarán justificadas si hay pruebas de que existe una escasez real de suministro de queroseno.

El Ejecutivo comunitario ha recordado que cualquier pasajero afectado por una cancelación se sigue beneficiando de los derechos de los pasajeros aéreos: se les debe reembolsar el precio del billete o compensarlos por una cancelación de última hora. Las aerolíneas solo estarán exentas de pagar una compensación económica «si pueden probar que la cancelación ha sido causada por circunstancias extraordinarias como una escasez de queroseno local». Es decir, si no cuentan con el combustible en el aeropuerto en el que deben repostar. La Comisión apunta que «los altos precios del combustible no deben ser considerados como circunstancias extraordinarias».

La legislación europea señala que las aerolíneas deben ofrecer de forma clara el precio final del billete antes de su compra, de forma que los pasajeros no se enfrenten a «costes inesperados». En este caso, señalan que «cobrar tasas adicionales por el aumento del precio del combustible no está permitido».

Para evitar el cierre de ciertas rutas, las aerolíneas pueden estar exentas de pagar hasta el 90 % del aumento del coste del queroseno a través del programa ReFuelEU Aviation. Esto se aplicará cuando las normas de seguridad exigen llevar combustible adicional desde el aeropuerto de salida, lo que podría impedir que la aerolínea realice su siguiente vuelo si no hay suficiente combustible disponible en el aeropuerto de destino de la UE. Según la regulación actual, los aviones solo pueden repostar hasta el 10% del combustible en los aeropuertos que no son su base.

En cuanto a las franjas horarias aeroportuarias, las aerolíneas pueden estar exentas de las obligaciones habituales de aterrizaje y despegue debido a problemas de suministro de combustible en los aeropuertos. La Comisión también anima a los Estados miembros a que hagan pleno uso de las cláusulas de sus contratos cuando las compañías aéreas que operan rutas de Obligación de Servicio Público (OSP) se enfrenten a la escasez de combustible o a precios del combustible excepcionalmente altos que hagan inviables las operaciones al precio regulado del billete.