Los nuevos derechos laborales de los becarios llegan al Congreso con polémica y sin visos de aprobarse

Lucía palacios MADRID / COLPISA

ECONOMÍA

La ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, este martes tras el Consejo de Ministros
La ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, este martes tras el Consejo de Ministros Eduardo Parra | EUROPAPRESS

El Consejo de Ministros aprueba en segunda vuelta la norma que limita el número de estudiantes en prácticas y sus horas de trabajo

03 mar 2026 . Actualizado a las 19:50 h.

Con polémica y sin visos de ver la luz, el nuevo Estatuto de los Becarios, lo que pretende ser la reforma laboral para dos millones de estudiantes en prácticas, pone rumbo al Congreso tras ser aprobado este martes en segunda vuelta por el Consejo de Ministros. Este proyecto de ley busca erradicar prácticas como la de los falsos becarios, poner punto y final a los abusos laborales sobre este colectivo imponiendo límites y obligaciones a las empresas que los acogen; y blindarles ciertos derechos, como el de compensación de gastos como los de transporte o manutención.

«Hacemos una norma que es muy controvertida porque lucha contra la precariedad y hay fuelles que se resisten en muchos lugares», aseguró en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros la vicepresidenta segunda, Yolanda Díaz, quien mandó un mensaje al PP para que dé su apoyo en el Congreso, ante la falta de una mayoría que logre que salga adelante: «Queremos ver si el PP se coloca del lado de los jóvenes o pega una bofetada a la juventud española».

Obligaciones de las empresas

Si finalmente esta norma llegara a ver la luz, las empresas estarán obligadas a firmar un acuerdo o un convenio de cooperación con el centro formativo autorizado que recoja, entre otros aspectos, la duración máxima de los períodos de prácticas laborales, los planes de formación individual con itinerarios formativos y la adscripción a una persona tutora designada por la empresa en coordinación con la persona tutora del centro educativo.

Cada persona tutora podrá tener, como máximo, de modo simultáneo, a cinco personas en formación práctica, que serán tres en el caso de centros de trabajo de menos de treinta personas de plantilla. A su vez, el número de ciudadanos en formación práctica no podrá superar el 20 % de la plantilla total del centro de trabajo, aunque, independientemente de su tamaño, cualquier empresa podrá tener a dos personas en formación práctica no laboral.

Se les abonarán los gastos

Para evitar la discriminación económica, se prohíbe el acceso a la formación práctica mediante el pago. Además, se establece el derecho a la compensación de gastos.

Los ciudadanos en prácticas también tendrán derecho a acceder a todos los servicios con los que cuenten los empleados en el centro de trabajo, como el de comedor, gimnasio, párking...

De igual manera, se reconoce el derecho a que se respeten los límites y descansos, incluidos días festivos y vacaciones, fijados en las normas legales y convenios colectivos que resulten aplicables a las personas que prestan servicios en la empresa. Se deberá garantizar la compatibilidad de las prácticas con la actividad en el centro de formación, así como, si la disponibilidad de la empresa lo permita, con la actividad laboral.

Multas máximas que rebasan los 225.000 euros

La nueva norma delimita la frontera entre las relaciones laborales y las actividades formativas, lo que, además de dar seguridad jurídica, facilita la labor inspectora, que también dispondrá de un régimen sancionador más riguroso, con multas que podrán llegar hasta los 225.018 euros en su grado máximo.