La Justicia europea rechaza hacer fijos a los interinos, pero pide subir sus indemnizaciones

Ana Balseiro
ana balseiro MADRID / LA VOZ

ECONOMÍA

FERNANDO VILLAR | EFE

El Abogado General de la UE devuelve la decisión al Supremo y critica la falta de medidas frente al abuso de la temporalidad

25 dic 2025 . Actualizado a las 18:47 h.

Jarro de agua fría para los miles de interinos que en España esperaban que la Justicia europea abogara por una salida para convertirlos en funcionarios, como modo de corregir el abuso de la temporalidad que han sufrido, pasando a ser trabajadores fijos. Sin embargo, las conclusiones del Abogado General de la Unión Europea —en el Tribunal de Justicia de la UE es la figura equivalente al fiscal— conocidas este jueves no respaldan esa opción y devuelven al Tribunal Supremo la capacidad de decisión. Eso sí, lo hace afeando a España que no disponga de ningún mecanismo legal que permita poner coto eficazmente al extendido abuso de la temporalidad.

Cabe recordar que el alto tribunal español se ha pronunciado este año ya en dos ocasiones en contra de la conversión automática en fijos de los interinos que hayan sufrido el abuso de la contratación temporal por parte de la Administración.

En su escrito de conclusiones —el documento no es vinculante, pero sobre él se basará el TJUE próximamente para pronunciarse sobre las cuestiones prejudiciales planteadas por el Supremo—, el letrado lituano Rimvydas Norkus se posiciona de forma similar al alto tribunal español, aceptando el principio constitucional de igualdad, mérito y capacidad, que no choca con el derecho europeo. Pero le devuelve la pelota, señalando que «corresponde al Tribunal Supremo apreciar si, considerando los criterios expuestos, la normativa nacional contiene efectivamente medidas efectivas, disuasorias y proporcionadas para sancionar eficazmente la utilización abusiva de sucesivos contratos de duración determinada».

Pese a que niega que la Justicia europea haya «exigido o siquiera sugerido que se reconozca la condición de personal laboral fijo o la de funcionario de carrera a un trabajador en la Administración Pública sin que haya superado previamente los procesos selectivos o los concursos, oposiciones o concursos-oposiciones previstos, de conformidad con los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad», critica que no existan en España «medidas efectivas que permitan sancionar debidamente el abuso».

Las sanciones son «insuficientes», ya que el magistrado lituano entiende que «la conversión de un contrato de trabajo de duración determinada en un contrato fijo no puede constituir, por sí sola, una medida efectiva». Por ello, pese a la figura del indefinido no fijo, cuyos derechos laborales el Supremo ha equiparado con los de los trabajadores fijos, Norkus asevera que siguen sin «disfrutar de la estabilidad en el empleo».

Reclama medidas disuasorias

Así las cosas, insiste en que las actuales indemnizaciones por despido —con un máximo de 33 días por año trabajado y un límite de 24 mensualidades— «no permiten, como ya ha declarado el Tribunal de Justicia, la reparación proporcionada y efectiva en las situaciones de abuso que superen una determinada duración en años, ni la reparación adecuada e íntegra de los daños derivados de dichos abusos».

Por ello, apunta que una «medida sancionadora efectiva, disuasoria y proporcionada» debería establecer «un sistema que permita la reparación íntegra del perjuicio sufrido por el trabajador, tomando en consideración, en el cálculo de la cuantía de la indemnización, la gravedad de la violación, incluida su duración, y, por otra parte, un mecanismo para sancionar a la Administración Pública responsable que sea suficientemente concreto, previsible y aplicable y que no puede limitarse a una mera posibilidad abstracta o puramente teórica». Es decir, señala la puesta en marcha de un sistema de indemnización que castigue a la Administración que abuse de la temporalidad y repare el perjuicio causado a los trabajadores.

Una respuesta «miedosa»

«Una vez más, las expectativas de miles de interinos se frustran ante lo que parece una respuesta ambigua, anodina y miedosa de Europa frente al abuso en la contratación temporal en España». Así valora Pablo Guntiñas, abogado responsable de Empleo Público de Vento Abogados & Asesores, la postura del letrado de la UE.

El experto señala que el lituano dice que la conversión en fijos en el abuso de temporalidad podría ser una solución, «pero en modo alguno obliga al Estado a dicha medida, por lo que se adivina que la respuesta del Supremo va ser negativa, al vulnerar el principio de igualdad, mérito y capacidad en el acceso a la función pública, como ya ha anunciado en otras resoluciones».

Guntiñas destaca, sin embargo, que le exija al alto tribunal que se garantice una medida sancionadora alternativa eficaz que permita la reparación del daño sufrido durante años, «y que esa solución en modo alguno son los procesos de estabilización». Para el letrado de Vento, es evidente que, tal y como pregunta en su cuestión prejudicial, «el Tribunal deberá fijar para estas personas una indemnización disuasoria y proporcionada, que incluso puede ser superior a la establecida por despido improcedente, hayan o no hayan cesado en sus contratos temporales».

«Vuelta a la casilla de salida, esperar meses a que el TJUE emita sentencia, y casi un año para que resuelva el Supremo, mientras la incertidumbre y la desesperación continua en el empleo público temporal», resume.