Los proveedores de estos activos afrontarán nuevas exigencias de información dentro de la lucha contra el fraude
17 sep 2024 . Actualizado a las 18:36 h.El Consejo de Ministros aprobó este martes en primera vuelta el anteproyecto de ley para la transposición de una directiva europea que, entre otras cosas, permitirá a Hacienda embargar criptomonedas a los contribuyentes endeudados. En concreto, la norma reconoce de manera expresa a las criptomonedas como bienes susceptibles de ello, así como a otros bienes y derechos situados en entidades de pago y de dinero electrónico.
Según explican desde el Ministerio de Hacienda, esta es «una respuesta a la rápida evolución de los servicios bancarios y de los medios de pago, entre las que están las tecnologías de registro de criptoactivos». De hecho, en España ya operan entidades y fintech con licencia de entidad de dinero electrónico que permiten las transacciones con criptoactivos.
Desde el 1 de enero de este mismo año, tanto las personas físicas como las empresas tienen la obligación de declarar ante la Agencia Tributaria si tienen este tipo de bienes en el exterior. Es decir, deben comunicar el importe de estos activos digitales en plataformas extranjeras, a partir de un saldo equivalente a los 50.000 euros. Para el ministerio que dirige María Jesús Montero, «esto supondrá un importante avance en el ámbito del intercambio internacional de información fiscal».
Mayor control
Además, la transposición de esta disposición comunitaria -más conocida como DAC8 y que ahora inicia su trámite de información pública- permitirá la adaptación de las obligaciones informativas sobre criptomonedas situadas en el extranjero y sobre saldos en las mismas, sustituyendo el concepto de moneda virtual por el de criptoactivo.
La norma establece también que todos los proveedores de servicios de criptomonedas, tanto nacionales como extranjeros, tendrán que cumplir las nuevas obligaciones establecidas y que afectarán del mismo modo a los usuarios residentes y no residentes.
La puesta en marcha de la directiva «permitirá constituir el marco regulatorio necesario para, una vez se comiencen las obligaciones de información, dar cumplimiento a las de asistencia mutua con el resto de estados miembros de la Unión Europea», tal y como indican desde el Ministerio de Hacienda. «Algo que se extenderá a otras jurisdicciones con las que se intercambie la información, de conformidad con los acuerdos internacionales que puedan suscribirse al respecto», añaden.