La Justicia europea avala que un trabajador pueda hacer comentarios negativos sobre los directivos si los hace con respeto
01 mar 2024 . Actualizado a las 16:13 h.Criticar a un jefe no es motivo de despido siempre que se haga dentro del respeto, con una finalidad constructiva y no dañe la imagen del negocio. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) avala esta práctica, que considera incluso un derecho fundamental incluido en el de la libertad de expresión, en una reciente sentencia que, además, sienta jurisprudencia y da vía libre a los trabajadores españoles a dar su opinión, aunque sea negativa, sobre sus jefes y la empresa y no recibir represalias por ello.
El fallo responde al caso de un ingeniero informático turco que fue despedido de su empresa después de enviar un correo electrónico al departamento de recursos humanos, con copia al director adjunto, que contenía duras críticas a su jefe y a su forma de gestionar la compañía, despido que recurrió a los tribunales pero no le dieron la razón.
El email llevaba por título «Jeff Bezos contra H. K. [las iniciales del nombre de su jefe]» y en él comparaba de manera sacárstica al directivo turco con el fundador de Amazon al que ponía como ejemplo de buen directivo, llegando a la conclusión de que ahora entendía «por qué el 70% de las 500 empresas más grandes del mundo son estadounidenses y no hay ni una sola turca».
Lenguaje sarcástico
El demandante sometió a H.K. a duras críticas, alegando que las prácticas de gestión de este último eran incompatibles con un enfoque moderno de la gestión, algo que admite el tribunal europeo. Sin embargo, puntualiza que lo hace «sin utilizar ningún lenguaje que resulte insultante o vulgar hacia él». De igual manera, el trabajador despedido denunció también las supuestas deficiencias en la gestión de la empresa, pero, una vez más, la sentencia explica que «tales críticas eran sin duda un asunto de interés para la empresa en cuestión».
«Es cierto que el demandante utilizó un lenguaje sarcástico. Sin embargo, teniendo en cuenta el tema en cuestión del correo electrónico, el contexto en el que se envió y sus destinatarios, la provocación del correo electrónico y el estilo y el contenido algo ofensivos no pueden considerarse gratuitos», precisa el fallo, que considera además que lo que hace el ingeniero es promover «un debate de interés para la compañía».
Tampoco indisciplina
Por todo esto, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos considera que los jueces nacionales turcos no habían tenido en cuenta todos los hechos y factores relevantes a la hora de determinar que las acciones del solicitante habían perturbado la paz y armonía en su lugar de trabajo y que los motivos aducidos para justificar el despido del demandante no pueden considerarse tan relevantes y suficientes. Así, determina de forma unánime que en este caso criticar la gestión de superiores no puede ser causa de despido ni indisciplina.