Promotores de parques eólicos podrán abonar el 2,5 % de sus beneficios para ser prioritarios

C. P. REDACCIÓN / LA VOZ

ECONOMÍA

Ana García

Se tramitarán de forma exprés aunque no se vinculen a la industria

08 feb 2023 . Actualizado a las 17:24 h.

Para agilizar el despliegue de energías renovables y garantizar la permanencia de la industria en el suelo gallego, la Xunta creó la figura de «iniciativa empresarial prioritaria», que permite a algunos proyectos empresariales adquirir carácter prioritario y ser tramitados por la vía exprés. 

En el caso del sector eólico, esta tipología ha cobrado más importancia que nunca por la necesidad de desplegar con rapidez alternativas que permitan a las factorías gallegas descarbonizar su producción y abaratar la factura energética. 

Este miércoles el Diario Oficial de Galicia (DOG) publica las bases, condiciones y formularios para que los promotores de proyectos eólicos, con permiso de acceso y conexión firme y vigente, puedan solicitar su declaración como «iniciativa empresarial prioritaria», consiguiendo así agilizar el proceso. Incluso aquellos que no están estrechamente ligados a factorías. 

¿Qué requisitos debe cumplir un parque eólico para su trámite exprés? 

Según reza la resolución, la Xunta distinguirá entre los parques que estén pensados para el autoconsumo de la industria y los que no estén vinculados a ella, que ahora podrán optar también a la vía exprés. 

En el primer caso, los proyectos deberán cumplir «al menos» dos de cuatro requisitos que impone el Ejecutivo autonómico para conceder la etiqueta de iniciativa empresarial prioritaria a cualquier proyecto empresarial: 

1. Que supongan un volumen de inversión mínimo en activos fijos de 1 millón de euros (sin contar los inmobiliarios), incluyendo los proyectos de generación eléctrica a partir de fuentes renovables en los que el destino final de la electricidad sea el autoconsumo de la industria gallega. 

2. Que generen 25 puestos de trabajo directos, como mínimo, bajo la modalidad de contrato indefinido a jornada completa. No obstante, este requisito no se aplicará a los proyectos de producción de electricidad obtenida con energía eólica. 

3. Instrumentos de de movilización, recuperación, puesta en producción y aprovechamiento sostenible de tierras agrarias y forestales, así como planes o actuaciones integrales de desarrollo rural. 

4. Que complementen cadenas de valor o que pertenezcan a sectores considerados estratégicos o que se integren en la financiación «Instrumento temporal de recuperación europea Next Generation EU». 

Dado que los proyectos eólicos están eximidos de cumplir con el requisito 2 y no se les aplica el 3, cualquier parque deberá cumplir con el 1 y el 4, es decir, que supongan una inversión mínima de un millón de euros, que la energía abastezca a la industria gallega y que complementen actividades estratégicas para la economía. Estas condiciones ya las cumplen algunos de los que ha tramitado en las últimas semanas el Ejecutivo autonómico para evitar que perdieran sus licencias de acceso a red. 

¿Qué pasa si el parque eólico no está vinculado a un proyecto industrial?  

En ese caso, ahora también podrán optar a la categoría de «iniciativas empresariais prioritarias». Se pone fin así a la discriminación administrativa que premiaba a los vinculados a fábricas. 

Podrán solicitarla los promotores que garanticen con sus proyectos la «generación o consolidación» de 25 puestos de trabajo directos, con contrato indefinido a jornada completa. 

También optarán a esta etiqueta los que estén justificados de acuerdo a los compromisos de despliegue adquiridos en el 2010. En la orden dictada ese año se especifica que «este tipo de generación eléctrica debe producirse bajo la premisa del respecto al medio ambiente, por lo que la futura instalación de parques eólicos debe ir acompañada de un conjunto de medidas que minimice la afección al medio ambiente, observando lo establecido en la normativa y demás instrumentos de planeamiento territorial y medioambiental de la Xunta de Galicia». Además, la potencia máxima de los parques eólicos seleccionados de un mismo solicitante «será de 350 megavatios (MW)»

Otra vía para acceder a la tramitación exprés es que el proyecto suponga un volumen de inversión superior a los 20 millones de euros, teniendo en cuenta el valor medio anual en función de la tecnología de mercado, y que cuenten con infraestructuras de evacuación «autorizadas y ejecutadas y en funcionamiento» que permitan verter a la red de transporte o distribución de energía eléctrica generada.  

Asimismo, los proyectos en tramitación o ya autorizados cuyos promotores suscriban acuerdos de compraventa de energía a largo plazo y a precios competitivos con una empresa o centro de trabajo con actividad industrial en Galicia también podrán pedir que se les considere «iniciativa empresarial prioritaria». Eso sí, deberá garantizar por lo menos el 50 % de su producción de energía. 

Por último, otro camino para poder conseguir el trámite exprés es demostrar que el despliegue del parque eólico tendrá un impacto socioeconómico positivo. ¿De qué forma? Los promotores deberán repercutir de forma directa el 2,5 % de su facturación anual durante la vida útil del parque (entre 20 y 25 años) -desde la autorización de la explotación- en las localidades donde se sitúe el parque y sus infraestructuras. La resolución publicada especifica que la horquilla temporal será de 10 años, pero fuentes de la Xunta aclaran que se trata de un error de redacción que será subsanado.