
La Agencia Tributaria estudia la sentencia del Supremo que prohíbe publicar los nombres cuando no haya una deuda en firme
08 feb 2023 . Actualizado a las 17:52 h.El fallo reciente del Tribunal Supremo en torno a los nombres que se pueden incluir en la lista pública de morosos de la Agencia Tributaria ha puesto a Hacienda contra las cuerdas. La justicia ha dejado claro que no podrán figurar deudores que tengan abierto un procedimiento penal y que estén pendientes de una sentencia en firme. La presunción de inocencia deberá prevalecer.
Este pronunciamiento obligará a la Administración a hacer cambios antes de publicar, como es habitual, la lista actualizada de morosos en el primer semestre del año. Según han confirmado fuentes de la propia Agencia Tributaria a Europa Press, sus funcionaros ya están estudiando los efectos que tendrá este fallo.
¿Cuándo se incluye a un moroso en la lista?
Según la ley, para aparecer en la lista de morosos de Hacienda, un contribuyente debe acumular deudas que superen el umbral de los 600.000 euros y que no hayan sido pagadas expirado el plazo original de ingreso en el período voluntario.
La Agencia Tributaria se pone en contacto con el deudor para comunicarle su intención de incluirlo en la lista. El afectado podrá formular alegaciones en el plazo de 10 días contados a partir del siguiente a la recepción de la comunicación.
En el listado se incluye información sobre la identificación de los deudores. No solo el nombre y sus apellidos, también el NIF y, en el caso de personas jurídicas o entidades, la razón o denominación social completa y también el NIF, además del importe conjunto de deudas y sanciones pendientes de pago.
Una vez que el nombre del deudor entra en la lista, solo hay un modo de salir de ella: si se efectúa el pago íntegro de las deudas o sanciones que haya impuesto la Agencia Tributaria y que motivaron su inclusión. Un total de 580 deudores salieron de la lista de morosos en la publicación del pasado mes de junio tras haber abonado deudas por importe de 1.164 millones de euros.
¿Puede la sentencia del Supremo eliminar nombres?
Los técnicos de Hacienda (Gestha) han indicado este miércoles que la sentencia no tendrá efecto alguno sobre la mayoría de los deudores tributarios ni tampoco sobre las sanciones fiscales recurridas. Y es que la mayoría de quienes figuran en la lista contrajeron deudas reconocidas legalmente. Otra cuestión es que la Agencia Tributaria tuviera la intención de incluir este año a contribuyentes cuyas deudas todavía no son firmes, aunque existan evidencias de que no han cumplido con sus obligaciones tributarias.
¿Quiénes figuran en ella y cuánto deben?
La última lista de morosos, la novena, se publicó el pasado 30 de junio e incluía un total de 7.037 deudores a cierre de 2021, un 3,3 % menos respecto a la lista anterior, publicada en diciembre del 2021.
El importe global de deudas recogido en el listado conocido en junio alcanzaba los 17.710 millones de euros. Del total de 7.037 deudores que figuraba en el último listado, 1.387 eran personas físicas, con deudas por importe de 2.125 millones de euros, y 5.650 eran personas jurídicas con deudas valoradas en 15.585 millones.
Entre los deudores que entraron en el último listado se encontraban Luis Medina Abascal, con una deuda de 653.000 euros, y el empresario vasco del acero José María Aristrain, que al finalizar 2021 debía al fisco 1,26 millones de euros. Por contra, de la lista de morosos publicada el pasado mes de junio salieron el entrenador del Real Madrid, Carlo Ancelotti, Twitter y la inmobiliaria Nozar.
En ese último listado repetían algunos nombres conocidos como el cocinero Sergi Arola, el exfutbolista Samuel Eto'o, el escritor Ildefonso Falcones, la actriz Paz Vega, el exministro de Economía Rodrigo Rato, el expresidente de Banesto Mario Conde, el escritor César Vidal, el futbolista Dani Alves, y la comunicadora Patricia Conde.