El impuesto a la banca, energéticas y grandes fortunas, a votación en el Congreso este jueves

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ECONOMÍA

Vista general del Congreso de los Diputados, en una imagen de archivo
Vista general del Congreso de los Diputados, en una imagen de archivo Benito Ordóñez

Las negociaciones no se han cerrado y está pendiente la aplicación a bancos extranjeros con sucursal en España

20 nov 2022 . Actualizado a las 16:09 h.

La proposición de ley para introducir nuevos gravámenes a empresas energéticas y banca, en la que PSOE y Podemos han añadido, vía enmienda, el impuesto a las grandes fortunas, encara esta semana su recta final en el Congreso con el debate y votación en el Pleno del próximo jueves.

Así, una vez concluida la sesión plenaria de los Presupuestos Generales del Estado, dará comienzo un nuevo pleno para, entre otros asuntos, debatir esa ley y enviarla al Senado.

A lo largo de la última semana la iniciativa original de PSOE y Unidas Podemos ha sido objeto de varias modificaciones. En lo referido al gravamen energético y financiero, en la comisión se acordó que, en el impuesto del 1,2 % a la facturación de las empresas energéticas se excluirán del importe neto de la cifra de negocio de las compañías los ingresos derivados de las actividades reguladas.

De este modo, quedó modificado el texto original para que el impuesto no afecte a aquellos ingresos donde el suministro sea a precio regulado, como es el caso del PVPC de electricidad, la tarifa de último recurso (TUR) de gas, el GLP envasado y el GLP por canalización.

Además, se incluye en la exoneración los ingresos regulados de las redes de transporte y distribución de electricidad y gas natural y, en el caso de generación con retribución regulada y retribución adicional en los territorios no peninsulares, todos lo ingresos de las instalaciones, incluidos los que perciben del mercado y el despacho económico, respectivamente.

El impuesto solo afectará a la actividad en España

Al mismo tiempo, se incluyó otra enmienda transaccional para que el impuesto se aplique solo a la actividad que las empresas del sector desarrollen en España.

Pero no se trata de la única modificación que sufrió el texto durante la comisión, ya que del mismo modo se aprobó una enmienda del PNV para que se excluya de la facturación los ingresos correspondientes al impuesto sobre hidrocarburos, el impuesto especial de la comunidad autónoma de Canarias sobre combustibles derivados del petróleo y los gravámenes complementarios a carburantes y combustibles petrolíferos de Ceuta y Melilla, que se hayan pagado o soportado vía repercusión.

El PNV alega que el impuesto de hidrocarburos presenta particularidades en su exacción que pueden llevar a su internalización en el precio de venta al final de la cadena y a su inclusión en la cifra de ventas, a diferencia e otros impuestos indirectos que recaen sobre el consumo.

En este sentido, los nacionalistas vascos entienden que el gravamen no aplica sobre impuestos indirectos que recaen sobre el consumo, porque «no son indicador de beneficio alguno en la empresa que vende el producto o presta el servicio».

Acuerdo con Bildu para evaluar si el impuesto se hará permanente

Por otro lado, el texto llegará al Pleno con los acuerdos alcanzados entre EH Bildu, PSOE y Podemos, quienes han pactado que a finales de 2024, cuando finalice la vigencia de los nuevos impuestos a banca y energéticas, se haga una evaluación de su aplicación y se estudie la posibilidad de convertirlos en permanentes, así como para que las haciendas forales vascas y navarras gestionen estos nuevos gravámenes.

En lo que respecta al gravamen del 4,8% a los intereses y comisiones de entidades de crédito, se incorporó en comisión una enmienda del PNV que aclara que el impuesto afectará a la actividad que los bancos desarrollen en España.

Según la formación vasca, la enmienda tiene el objeto de aclarar el ámbito territorial de aplicación del nuevo gravamen y, en particular, que los intereses y comisiones que se pretenden gravar son los obtenidos en España, tanto por entidades españoles como extranjeras, excluyendo así los intereses y comisiones que se obtengan en otras jurisdicciones.

No obstante, el interrogante alrededor del gravamen financiero surge en torno a la enmienda para extender el impuesto a entidades financieras extranjeras que tienen sucursal en España. Y es que la propuesta de modificación del artículo no fue incluida en el informe de ponencia y tampoco se votó en la comisión, lo que podría dar pie a nuevas negociaciones con los diferentes grupos parlamentarios.

Impuesto a grandes fortunas

En el texto final, que se votará en pleno la próxima semana, sí está ya incorporada a la ley la enmienda por la que se crea el impuesto a las grandes fortunas, que gravará a aquellos patrimonios superiores a tres millones de euros para que no puedan quedar eximidos por las bonificaciones de los gobiernos regionales.

Este gravamen será del 1,7% para los patrimonios de entre 3 y 5,3 millones de euros; del 2,1% para los patrimonios entre 5,3 y 10,6 millones, y del 3,5% para aquellos patrimonios superiores a 10,6 millones de euros.

Además, para la determinación de la base imponible de este impuesto, resultarán aplicables las reglas contenidas en la ley del impuesto del patrimonio, de manera que se incluye una reducción en concepto de mínimo exento de 700.000 euros