Un juzgado coruñés reconoce el derecho de una madre soltera a acumular 32 semanas de permiso por nacimiento

La Voz REDACCIÓN / LA VOZ

ECONOMÍA

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La sentencia aclara que no se puede discriminar a los niños nacidos en familias monoparentales

22 feb 2022 . Actualizado a las 16:33 h.

¿Puede una madre soltera disfrutar del permiso por nacimiento y cuidado de dos progenitores? El Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 2 de A Coruña sostiene que sí en una sentencia publicada este martes, en la que reconoce el derecho de una mujer a acumular sendas prestaciones. No solo las 16 primeras semanas reconocidas para las madres, también las otras 16 que le corresponderían al cónyuge. 

La demandante dio a luz el 5 de marzo del 2011. Diecisiete días después presentó ante la Delegación del Gobierno en Galicia una solicitud para disfrutar de 32 semanas de permiso por nacimiento y cuidado, aclarando su condición de familia monoparental. La Administración, sin embargo, le denegó la petición, argumentando que solo tenía derecho a las 16 primeras semanas para el cuidado de su recién nacido. 

Disconforme con la decisión, la demandante reclamó en el mes de junio del 2021, exigiendo extender hasta las 32 semanas el permiso retribuido al ser la única progenitora que podía ocuparse del menor y ante el riesgo de que su hijo se viera discriminado al no contar con el mismo tiempo de cuidados y atención que los hijos de familias biparentales. 

El magistrado Enrique García Llovet le ha dado la razón, al subrayar en la sentencia que estos permisos existen precisamente en «beneficio del menor». Por eso, el hecho de que no haya un segundo progenitor no puede resultar en una reducción del permiso porque «sería tanto como afirmar que un menor con un único progenitor precisa de menor número de semanas de cuidados y atención que un menor nacido con dos progenitores, tesis que no soporta el test de razonabilidad, concurrentemente con la discriminación que se evidencia». 

En el texto de la resolución recuerda que la protección del menor ha de ser la prioridad a la hora de valorar la extensión del permiso, sin entrar a valorar la situación civil de la persona a cargo de su cuidado: «Estamos ante una discriminación por diferenciación, diferenciación entre niños nacidos en familias monoparentales o en familias biparentales», destaca el magistrado.

 Discriminación indirecta 

Al margen de esa diferenciación contraria a la ley que hizo la Administración española, el juez también considera que hubo una discriminación indirecta «evidente» porque el número de familias monoparentales formadas por mujeres es «significativamente mayor que el integrado por hombres». De ahí que, al negar el derecho a concentrar 32 semanas de permiso a una madre soltera no solo va en detrimento de la denunciante, sino de todo el colectivo, afectado mayoritariamente por esa interpretación erróneo que hizo la Administración de la norma.