¿Cómo queda el mercado laboral ahora?

Ana Balseiro
ANA BALSEIRO MADRID / LA VOZ

ECONOMÍA

JUAN CARLOS HIDALGO | Efe

Los contratos serán indefinidos por defecto y las empresas tienen hasta marzo para adaptarlos

09 feb 2022 . Actualizado a las 22:24 h.

Si difícil fue el parto de la reforma laboralnueve meses de negociaciones del Gobierno con patronal y sindicatos, con varios amagos de ruptura, para finalmente alcanzar el consenso que pedía la Comisión Europea—, amarrar los apoyos para su convalidación parlamentaria rozó el infarto. Lo que no cambia, pese al vaivén de los votos de las formaciones políticas, es el contenido de la norma aprobada casi con las uvas del 2021, tal y como el Ejecutivo se había comprometido con Bruselas.

Aunque queda lejos de la prometida derogación de la reforma que el PP aprobó unilateralmente en el 2012 (con el enfado de los socios de investidura del Gobierno, que ayer le volvieron la espalda), el nuevo marco legislativo nace con el objetivo principal de poner coto a una excesiva y muchas veces fraudulenta temporalidad que es, desde hace décadas, el talón de Aquiles del mercado de trabajo español. Como muestra el gráfico adjunto, los contratos con fecha de caducidad se mueven en torno al 90 % del total de los que se firman, una anomalía que Europa exige corregir.

Esto es lo que cambiará a partir de ahora:

menos contratos

El indefinido será la norma. Se reduce el número de contratos y se limitan las causas para realizarlos temporales. De hecho, el indefinido será el ordinario y solo bajo dos causas concretas podrá hacerse uso del temporal, que además se reduce a dos tipos: estructural y formativo.

El primero podrá realizarse siempre que se den necesidades de producción que los hagan necesarios, tales como «el incremento ocasional e imprevisible y las oscilaciones que, aún tratándose de actividad normal de la empresa, generen un desajuste temporal entre el empleo estable disponible y el que se requiere». También podrán emplearse para sustituir a un trabajador. Tendrá una duración máxima de 12 meses (seis ampliables), frente a los cuatro años actuales. Asimismo, si un trabajador suma 18 meses de 24 como eventual, se le considerará indefinido.

Los picos de producción, como las campañas de Navidad o rebajas, también podrán cubrirse con este tipo de contratos, aunque su duración máxima será de 90 días. Además, en el último trimestre de cada ejercicio las empresas deberán informar a la representación de los trabajadores qué previsión de contratación eventual tienen para el año siguiente.

En lo que respecta al tipo de contrato formativo, se limitará a trabajadores de hasta 30 años, durante los tres años siguientes a la finalización de sus estudios. Además deberán estar supervisados por un tutor y su duración oscilará entre un mínimo de tres meses y un máximo de dos años.

Tres meses para adaptarse

Período transitorio hasta marzo. Los cambios no se implementarán de forma brusca. De hecho, el decreto recoge un período transitorio de tres meses (desde su publicación en el BOE, es decir, que vence a finales de marzo) para que las empresas puedan adaptar al nuevo marco legal sus contratos temporales en vigor. En el caso de los contratos por obra y servicio, que desaparecen, dicho plazo podrá extenderse hasta seis meses. 

Desincentivar el abuso del temporal

Desincentivar el abuso. Se potencia el fijo-discontinuo. Como modo de desincentivar el abuso de la contratación temporal, la reforma potencia la fórmula del fijo-discontinuo como mejor alternativa para desarrollar trabajos «de naturaleza estacional o vinculados a actividades productivas de temporada». La empresa tendrán que informar a los sindicatos anualmente de su previsión sobre ello.

subcontratas

Contra la precarización. Otra novedad es que las contratas y las subcontratas deberán cumplir el convenio del sector de la actividad que desarrollan, independientemente de a cuál de las empresas pertenezcan. En la práctica, pondrá coto a los abusos de las empresas multiservicios, pues a los trabajadores de las subcontratas se les aplicará el mismo convenio de la empresa para la que desarrollen su actividad, evitando la precarización salarial.

Regreso de la ultraactividad

No decae el convenio hasta que se firme uno nuevo. Este es otro de los puntos en los que se deroga la reforma del 2012, ya que la nueva norma recupera la ultraactividad sin límite de los convenios colectivos, que el Partido Popular había limitado a un año. Esto supone que el convenio se mantendrá en vigor, sin limitación temporal, hasta que no se negocie y apruebe uno nuevo que lo sustituya.

Prevalece el convenio sectorial

Reequilibrar las fuerzas en la negociación colectiva. Esta era una de las principales reivindicaciones de los sindicatos, que aseguraban que los cambios legislativos del 2012 habían debilitado en favor de los empresarios. Así, se revierte la prevalencia del convenio de empresa en favor del sectorial, lo que supone un avance para evitar tanto la precarización salarial como de otras condiciones laborales que los convenios de empresa solían suponer.

Sí que se mantiene sin tocar el artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores, que permite a la empresa modificar las condiciones de trabajo por causas económicas o productivas.

más sanciones

Contra el fraude en la contratación. Agentes sociales y Gobierno han pactado un endurecimiento de las penalizaciones para aquellas empresas que abusen de la temporalidad. En concreto, se eleva para el caso de los contratos eventuales de muy corta duración —los empresarios pagarán unos 27 euros por dar de baja un contrato temporal corto, como los de fines de semana o vacaciones— y se fijan nuevas sanciones para los contratos fraudulentos, con multas de hasta 10.000 euros por cada trabajador, en lugar de por empresa, como ocurría hasta ahora.

Los nuevos ERTE tendrán una rebaja de cuotas entre el 20 y el 90 %

Otro de los retos de la contrarreforma laboral es combatir el alto grado de despidos que se producen en el mercado laboral español en momentos de crisis. Así, la nueva norma propiciará instrumentos eficaces para proteger a las personas trabajadoras y dotar al tejido productivo de herramientas para mantener el empleo respetando los derechos laborales. Así, se actualizan y se acomodan a las situaciones de normalidad los ERTE de la pandemia, esa herramienta que ha resultado clave en esta crisis para evitar destruir empleo.

Para ello, además del actual sistema de reducción de jornada y suspensión temporal de empleo por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción (ETOP), se crea un nuevo 'mecanismo RED de Flexibilidad y Estabilización del Empleo'. Tendrá dos modalidades: una cíclica, para cuando se aprecie una coyuntura macroeconómica que aconseje la adopción de instrumentos de estabilización, que tendrá una duración máxima de un año; y la sectorial, para cuando en un determinado sector se aprecien cambios que generen necesidades de recualificación y de transición profesional. Su duración será de un año pero ampliable a dos mediante dos prórrogas de 6 meses.

Estos ERTE se activarán por acuerdo del Consejo de Ministros, previa información y consulta con las organizaciones sindicales y empresariales.

Obligaciones

Las empresas que se acojan a uno de estos mecanismos tendrán, como ahora, exenciones a las cotizaciones de la Seguridad Social que oscilarán entre el 20 % en los casos de ERTE por causas económicas (ETOP) o de modalidad sectorial, hasta el 90 % en los ERTE de fuerza mayor. Eso sí, estarán obligadas a dar formación a sus trabajadores.

De igual manera, las empresas acogidas tendrán el compromiso de mantener a los trabajadores afectados durante los seis meses siguientes a la finalización del expediente o, de lo contrario, tendrán que devolver las cotizaciones exoneradas. Tampoco podrán realizar horas, establecerse nuevas externalizaciones ni concertarse nuevas contrataciones laborales.

CC. OO. y UGT celebran la aprobación de la reforma, mientras la CIG se manifiesta en contra

Cientos de personas se movilizaron ayer en las 7 grandes ciudades de Galicia, convocadas por la CIG, para rechazar la que consideran una «non reforma laboral» porque creen que no erradicará «en absoluto» la precariedad y la temporalidad. El secretario general de la CIG, Paulo Carril, exigió en la concentración de A Coruña la derogación de las reformas laborales y la aprobación de «unha nova lexislación que realmente permita recuperar dereitos e avanzar na conquista doutros novos».

Mientras el sindicato nacionalistas gallego se manifestaba contra la norma convalidada por el Congreso, Comisiones Obreras y UGT, lo dos sindicatos que rubricaron junto a la patronal el acuerdo que la alumbró, celebraban su aprobación. De «un triunfo del sentido común», calificaba UGT el resultado de la votación en el Congreso. Mientras, el secretario general de CC.OO., Unai Sordo, se refirió a la nueva norma como el paquete de medidas de mejora de los derechos laborales «más importante que ha vivido España en las últimas tres décadas».