Los cambios fiscales: coches más caros y subida de autónomos

César García Novoa

ECONOMÍA

PACO RODRÍGUEZ

Con el Año Nuevo entran en vigor las modificaciones tributarias recogidas en la Ley de Presupuestos

02 ene 2022 . Actualizado a las 05:00 h.

Como cada año, el BOE ha publicado la Ley de Presupuestos. Y como es habitual, además de las autorizaciones de gastos, el texto legal incorpora diversas reformas legislativas, especialmente en el terreno fiscal. Aunque este año contiene menos novedades de carácter tributario, ya que otras normas adelantaron medidas como las que afectan al recibo de la luz. Es el caso de la prórroga del IVA del 10 % hasta el 30 de abril del 2022 para contratos de potencia inferior a 10 kW o la no aplicación del impuesto sobre el valor de la producción de energía eléctrica durante el primer trimestre del 2022, que se establecieron en el Decreto-Ley 29/2021.

Con ánimo de síntesis señalemos, entre las innovaciones legales más destacadas, en primer lugar, y en lo relativo al IRPF, que se vuelve a reducir, en esta ocasión a 1.500 euros, el límite de la reducción en la base imponible por aportaciones a planes y fondos de pensiones. Este límite ha pasado en dos años de 8.000 euros a 1.500, en lo que supone un progresivo desmantelamiento de las ventajas tributarias de la previsión privada. Cierto es que esta deducción fue puesta en tela de juicio por las conclusiones del informe de la AIReF sobre beneficios fiscales, pero también es obvio que cuando se cuestiona la sostenibilidad del sistema público de pensiones no parece que desarticular de forma acelerada las ventajas tributarias de los planes de pensiones sea lo más adecuado.

En el impuesto de sociedades, la novedad más importante es, sin duda, la aplicación del tipo mínimo del 15 % sobre la base imponible. Sin menoscabo de la necesidad de un mayor desarrollo reglamentario de la medida, la reforma prevé la aplicación de este tipo mínimo a los grupos consolidados y a empresas con una facturación superior a 20 millones de euros. Se trata de una medida más simbólica que real. En primer lugar, porque, según datos de la propia Agencia Tributaria, la mayoría de las empresas en España ya tributan a un tipo efectivo del 16,9 %, por encima de ese 15 %. En segundo lugar, porque la medida no va a ser un adelanto del tipo mínimo propugnado por la OCDE en el Pilar Dos, que permite a los Estados implementar medidas defensivas cuando sus multinacionales tengan filiales en países con tasas inferiores al 15 %.

Se trata de una regla no obligatoria, aunque Europa haya contemplado una propuesta de directiva. Además, en aquellos casos en que el tipo mínimo del 15 % resulte aplicable, ello puede conllevar la inaplicación de importantes deducciones existentes, como las previstas para I+D+i o producciones cinematográficas.

También la Ley de Presupuestos contempla la comentada subida de ocho euros de la cuota mínima de cotización a la Seguridad Social para autónomos. El alza es fruto del acuerdo sobre incremento de las cotizaciones a la Seguridad Social de 0,6 puntos entre el 2023 y el 2032, pactado recientemente entre el Gobierno y los sindicatos para pagar las pensiones del baby boom. Como es sabido, y en relación con la cotización de los autónomos, la idea es avanzar hacia un nuevo sistema en el que los trabajadores por cuenta propia coticen por ingresos reales, ya que, en la actualidad, nueve de cada diez optan por la base mínima. Dicha base mínima se incrementa con efectos de 1 de enero del 2022 en un 1,7 %. La Ley de Presupuestos fija para autónomos un tipo de cotización del 30,6 %, frente al 30,3 % del 2019, lo que supone una cuota mínima mensual de 294 euros.

Y aunque no es una medida que aparezca en la Ley de Presupuestos, también se va a producir una importante consecuencia fiscal, con efectos desde el pasado 1 de enero, como es la subida del impuesto sobre determinados medios de transporte, o impuesto de matriculación, para vehículos que emitan más de 121 gramos de CO2 por kilómetro recorrido. Y ello porque llega a su fin el aplazamiento del alza del impuesto hasta 31 de diciembre del 2021 que fijó la disposición adicional quinta de la Ley 11/2021 de medidas de prevención contra el fraude. Incremento que es fruto la sustitución de la medición de emisiones que, hasta septiembre de 2018 se calculaban con el antiguo sistema NEDC, por el nuevo protocolo WLTP.

Una vez más, el año nuevo viene acompañado de subidas de tributos y cotizaciones. A pesar de ello, feliz año.

César García Novoa, catedrático de Derecho Financiero y consejero académico de Vento Abogados.