Un cambio en la ley hipotecaria agiliza la venta de viviendas heredadas

José M. Camarero MADRID / COLPISA

ECONOMÍA

MONICA IRAGO

Ya no habrá que esperar dos años desde un fallecimiento para registrar la transmisión de una propiedad

03 sep 2021 . Actualizado a las 19:45 h.

La venta de una vivienda procedente de una herencia ya puede quedar liquidada a todos los efectos desde el momento en que se realice la tramitación en el Registro. Con el cambio de la Ley Hipotecaria, que entró ayer en vigor, se suprime el artículo 28 de la norma, que establecía la necesidad de tener que esperar hasta dos años tras la muerte del propietario de forma preventiva hasta que el registro fuera total.

El cambio acaba así con una realidad legal que provenía de hace más de 70 años y que exigía esa espera de 24 meses por si en ese tiempo aparecía, por ejemplo, algún hijo ilegítimo del fallecido. Esto es, dejaba abierta la posibilidad de que un heredero forzoso pudiera aparecer reclamara esa propiedad. Ocurría también que si alguien moría sin hijos y su casa pasaba a sus sobrinos u otros herederos indirectos, estos no se convertían en propietarios automáticos —con capacidad para vender el bien— hasta que no transcurriese el plazo establecido para dar tiempo a que apareciesen otros potenciales herederos directos que lo reclamasen.

Ahora, las inscripciones de fincas o derechos reales adquiridos por herencia o legado ya tendrán efecto inmediato, sin tener que esperar esos dos años, una situación que provocaba más de un quebradero de cabeza para los compradores, al tiempo que limitaba muchas ventas. Con este cambio, el sector inmobiliario espera que se agilicen aún más las ventas de casas heredadas, una tendencia que ha venido a más en los meses de la pandemia, cuando muchos compradores han aprovechado para buscar viviendas de fallecidos que los herederos estaban dispuestos a vender cuanto antes.

Según los datos del Instituto Nacional de Estadística (INE), el número de inmuebles transmitidos mediante herencias cerró junio en 103.116. El año anterior, se situó en 60.743, aunque hay que tener en cuenta que esta comparación está distorsionada por los meses más duros de la pandemia cuando, en pleno confinamiento, las oficinas de los notarios trabajaban a medio gas. Solo en el mes de junio se transmitieron 17.930 viviendas bajo este supuesto, un 86 % más respecto a las cifras de junio de 2020.

La eliminación de este artículo forma parte de la Ley 8/2021 de 2 de junio de reforma de la legislación civil y procesal, que fue publicada el pasado 3 de junio en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y que ha entrado en vigor tres meses más tarde.

Perjuicios

El Ejecutivo ya señaló entonces que los supuestos que, eventualmente, este artículo buscaba proteger eran muy residuales en comparación con el perjuicio que ocasionaba y las situaciones antieconómicas que generaba. Por ello, como parte de esta ley, se decidió suprimir el citado artículo, que el sector tachaba de obsoleto, agilizando por tanto la venta de casas heredadas.

El movimiento se produce además en un momento en el que la demanda de vivienda, especialmente la de segunda mano, ha recuperado el pulso gracias no solo a la recuperación económica, sino también al ahorro generado en el último año por las familias y los bajos tipos de interés que la banca mantiene en su oferta hipotecaria con el euríbor todavía en negativo.

Máximos de dos años

En total, en junio se registraron 48.201 operaciones de compraventa, máximos de dos años que superan además las 41.400 registradas en junio de 2019, el previo a la pandemia. Los datos del Instituto Nacional de Estadística reflejan, además, cómo el repunte se notó especialmente en la compraventa de pisos usados: las transacciones subieron un 74,1 % hasta alcanzar las 38.838.