Más de 18.000 millones en pleitos fiscales pendientes de resolver en los tribunales

j. a. bravo MADRID / COLPISA

ECONOMÍA

CÉSAR QUIAN

Casi 310.000 expedientes continúan sin respuesta en el orden económico, aunque el atasco judicial es generalizado

29 ago 2021 . Actualizado a las 12:35 h.

«Nada se parece tanto a la injusticia como la justicia tardía». Esta frase del famoso filósofo Lucio Séneca ha cobrado importancia especial por la pandemia, que ha agravado el atasco que ya arrastraban los tribunales españoles y genera un importante perjuicio económico a particulares y empresas, e incluso a las Administraciones Públicas. El caso más paradigmático son los tribunales económico-administrativos, tanto el central (TEAC) como los autonómicos, a los que acuden los contribuyentes que quieren impugnar actos de Hacienda. En ellos, según fuentes fiscales, se acumulaban al cierre del 2020 alrededor de 310.000 expedientes sin resolver y ello pese a que en los dos últimos años se habrían resuelto casi 40.000 de la bolsa de 350.000 asuntos que estaba reconocida a finales del 2018. En virtud de esas reclamaciones pendientes de respuesta, habría más de 18.000 millones de euros en impuestos a la espera de ser ejecutados.

Concretar dicha suma es complicado, pues las memorias anuales del TEAC no lo cifran. Pero desde el sector tributario hacen sus propios cálculos considerando el promedio de actuaciones de control anuales de la Agencia Tributaria -lo que supone normalmente entre 14.500 y 15.000 millones de euros- y el número que son recurridas -muy reducido en las liquidaciones de menor importe, pero generalizado en las elevadas-. La última memoria del TEAC refleja que en el 2019 se resolvieron 31.000 asuntos más de los que entraron, tendencia que se habría mantenido en el 2020 pero a un ritmo claramente inferior por la pandemia. Aun así, la carga de trabajo seguía siendo muy importante. La media anual de reclamaciones presentadas el último lustro era de 194.492, mientras que el promedio de resoluciones subía a 203.020. El gran problema, en cualquier caso, se produjo entre los años 2010 y 2016, al resolverse hasta 155.000 asuntos menos de los que entraron. El retraso medio por caso supera los dos años, el doble de lo que prevé por norma general la Ley General Tributaria. El principal perjuicio es para los contribuyentes, pues además del dudoso cumplimiento de su derecho constitucional a la tutela judicial efectiva tienen que pagar o avalar la deuda fiscal recurrida porque los actos administrativos tienen privilegio.