Hacienda eleva a 10.000 euros la reducción por los planes de pensiones en el IRPF

La Voz MADRID / LA VOZ

ECONOMÍA

Martina Miser

Permite sumar las aportaciones al sistema individual y al de empleo

10 feb 2021 . Actualizado a las 09:11 h.

El Ministerio de Hacienda acaba de sacar a consulta pública el proyecto de decreto que reforma el Reglamento del IRPF para adaptarlo a las modificaciones del impuesto incluidas en los Presupuestos Generales del Estado para este año, como son los cambios en los límites de aportación a los planes de pensiones individuales y de empleo o la subida de tipos a las rentas más altas.

En lo que respecta a los planes de pensiones, las cuentas en vigor rebajaron de 8.000 a 2.000 euros el límite de las aportaciones anuales a los planes individuales, mientras que elevaban hasta esos mismos 8.000 euros el ahorro permitido cuando el vehículo de previsión social es de empresa.

Sube 2.000 euros

Ahora Hacienda alivia el golpe inicial a los ahorradores al incluir en el borrador de reforma del reglamento que la reducción aplicada sobre la base imponible por aportaciones a planes de pensiones sume ambos tipos, es decir, el individual y el de empresa, con lo que la cuantía a desgravarse se eleva a 10.000 euros, frente a los 8.000 que fijaba la normativa hasta ahora.

Cabe recordar que la ley del impuesto sobre la renta de las personas físicas establece que el límite máximo para reducirse por planes de pensiones es la cantidad menor entre el referido tope de 10.000 euros conjuntos entre ahorro individual y de empresa o el 30 % resultante de sumar los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas obtenidas de forma individual en el ejercicio sobre el que se hace la declaración.

Plazo para descontar excesos

El documento de Hacienda, cuya consulta pública se cerrará el 25 de febrero, también regula la fórmula para que el contribuyente pueda aplicarse en los cinco años siguientes la reducción del exceso de aportación a los sistemas de previsión social que no hubieran podido ser descontados, bien porque la base imponible fuera insuficiente o por exceder del 30 % de los rendimientos que fija la norma.

Así, el reglamento marca dos límites -de 2.000 y 8.000 euros según cada tipo de plan- y cómo asignárselo a cada uno. De este modo, cuando el período impositivo en el que se produzca el exceso de aportaciones y estas correspondan tanto al contribuyente como al promotor, el cálculo se hará en proporción a los importes aportados por cada uno de ellos. En caso de existir también aportaciones excesivas de años anteriores pendientes de reducir, se entenderá que primero se deducirán estas.

Nueva tabla de retenciones

El documento de Hacienda también recoge el nuevo cuadro de retenciones aplicable tras elevar los tipos del IRPF a las rentas más altas: dos puntos más de marginal, hasta el 47 %, para las rentas del trabajo que excedan los 300.000 euros, y tres para las del capital por encima de 200.000 (hasta el 26%).

Estas subidas afectarán, sin embargo, a poco más de 36.000 contribuyentes (el 0,17 %), según los cálculos del Ejecutivo.