Revocan el despido de una empleada de hogar grabada, sin avisar, por una cámara oculta

La Voz REDACCIÓN / LA VOZ

ECONOMÍA

Grabar sin el conocimiento del afectado es ilícito
ALBERTO LÓPEZ

El tribunal consideró ilícita la prueba, que mostraba a la trabajadora acceder a la caja de seguridad

09 feb 2021 . Actualizado a las 09:23 h.

No todo vale en los tribunales a la hora de demostrar la comisión de un delito o que, efectivamente, se está diciendo la verdad en lo que se denuncia. El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha considerado ilícita la prueba presentada para acreditar que una empleada de hogar efectivamente accedió a la caja de seguridad de la casa en la que trabajaba, de la que sustrajo 30.000 euros y joyas.

La prueba de cargo consistía en la grabación obtenida por una cámara, oculta en el interior de un armario, y de cuya colocación no había sido informada la trabajadora.

Vulnera la protección de datos

Así las cosas, el tribunal considera que la videovigilancia del servicio doméstico tiene idénticas limitaciones que en una empresa, de modo que grabar a la empleada, sin informarla previamente -de palabra o con carteles-, incumple la normativa de protección de datos. Por ese motivo, aunque las imágenes obtenidas prueben una conducta que justifica el despido, no pueden utilizarse para tal fin.

La sentencia explica que, pese a que la empleada de hogar fue grabada manipulando el cajón del armario en el que se ocultaba la referida caja de seguridad, su despido es improcedente, ya que la prueba en la que se sustentó es ilícita.

La jurisprudencia internacional -concretamente el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), en una sentencia del 2019- consideró que hay casos en los que no es preciso advertir verbalmente al empleado de que existe videovigilancia, pero siempre es obligatorio que haya, como mínimo, un cartel informativo al respecto.

Obligación de informar

El fallo del TEDH entendía que si existen sospechas fundadas de que se están cometiendo infracciones graves con perjuicio para el empleador, los deberes de información pueden relajarse. Con este criterio justificó el despido de unas cajeras de supermercado.

Sin embargo, tal situación no puede equipararse al caso de Asturias, ya que en el de las cajeras sí existía un cartel que avisaba de la existencia de cámaras. En esta ocasión, el dueño de la casa instaló la cámara tras denunciar en la comisaría el robo de 30.000 euros en efectivo y joyas de su caja fuerte.