Hacienda amplía hasta el lunes el plazo para pagar impuestos domiciliados a los afectados por Filomena

La Voz REDACCIÓN / LA VOZ

ECONOMÍA

EUROPA PRESS

Vencía este viernes, pero se prolonga tres días por las dificultades provocadas por el temporal a pymes y grandes empresas

14 ene 2021 . Actualizado a las 18:59 h.

El paso de Filomena también se dejará notar en los impuestos domiciliados, ya que Hacienda ha publicado este jueves en el Boletín Oficial del Estado (BOE) una orden ministerial por la que amplía hasta el lunes, de forma excepcional, el final del plazo para la presentación de las autoliquidaciones con ingreso por domiciliación, que estaba previsto para mañana, 15 de enero. La ampliación del plazo hasta las 15.00 horas del lunes 18 se aplicará a los contribuyentes que se están viendo afectados por las condiciones atmosféricas de los últimos días.

Hacienda explica en la orden ministerial que el objetivo es ofrecer una mayor flexibilidad en la operativa tributaria y minimizar las dificultades de presentación que la borrasca ha acarreado a los contribuyentes, lo que beneficiará, entre otros, a pymes y grandes empresas.

En línea con las demandas de los profesionales tributarios, la orden establece que los plazos de presentación de las declaraciones y autoliquidaciones tributarias cuyos plazos generales de presentación telemática con domiciliación del pago sean hasta mañana, 15 de enero, se amplían excepcionalmente hasta las 15.00 horas del lunes 18 de enero para los supuestos en que el contribuyente que efectúe la presentación se haya visto afectado por los efectos de la borrasca.

Solo para los impuestos domiciliados

Por el contrario, no experimenta cambios el plazo general para las presentaciones sin domiciliación, que se mantiene como límite en el 20 de enero. De hecho, dicha fecha será también la de adeudo en cuenta del importe domiciliado, según recoge el texto del BOE.

También se mantienen las fechas previstas para las declaraciones con final del plazo el 30 de enero (25 de enero, si es con domiciliación del pago), en el caso de las trimestrales de IVA.