La Justicia europea avala equiparar las condiciones de los trabajadores desplazados al país de acogida

C. P. REDACCIÓN / LA VOZ

ECONOMÍA

M.MORALEJO

Rechaza el recurso de Polonia y Hungría tras constatar situaciones de competencia desleal entre empresas

08 dic 2020 . Actualizado a las 11:22 h.

Fontaneros polacos desplazados en el Reino Unido, obreros portugueses al norte de la raia o temporeros españoles en la vendimia francesa son algunas de las casuísticas a las que se apela siempre para explicar cómo la libertad de movimiento y de empresa en la UE pueden empujar a la baja de los salarios en los países de destino. Las empresas buscan maximizar beneficios y ganar cuota de mercado así que no dudan en aprovechar la ausencia de fronteras para establecerse en otros Estados miembro trasladando a trabajadores desde países donde los sueldos y las condiciones labores son más precarias.Y es que un salario mínimo en Francia puede ser una fortuna en Hungría, por ejemplo. 

La libertad de circulación ha sido explotada para poder hacer pingües beneficios. A muchos polacos y húngaros, que hoy bloquean los fondos de recuperación, les vino muy bien la adhesión a la UE para enviar remesas enormes de trabajadores a otros países. Sus empresas se establecieron y compitieron en salarios con las firmas locales. La situación generó tal tensión social en algunos lugares como el Reino Unido que la Comisión Europea se vio obligada a reformar la Directiva de trabajadores desplazados para equiparar las condiciones de trabajo de estos empleados a las leyes del país de acogida. A Polonia y Hungría no les gustó esta maniobra así que recurrieron la Directiva ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que esta mañana ha rechazado por completo sus argumentos. 

La Justicia europea considera que la Comisión está en todo su derecho de legislar para adaptarse a las situaciones cambiantes que surgieron con las ampliaciones de la UE y garantizar que la libre prestación de servicios en el mercado interior se hace en condiciones de «competencia equitativa» entre empresas de distinto origen y para reforzar los derechos de los trabajadores desplazados. De esta forma, avala los cambios introducidos por Bruselas en el 2018 tras constatar en el 2014 que existían diferencias sustanciales entre los salarios que percibían los trabajadores locales y los desplazados (casi todos con salarios mínimos) en algunos Estados miembro. Para acabar con esta situación, los equipos jurídicos reformaron su artículo tercero, con la intención de velar por la «igualdad de trato». Se limitó el abuso del salario mínimo para fijar las cuantías previstas en la legislación del Estado de destino. Además se estableció que, para estancias superiores a un año, los trabajadores desplazados debían beneficiarse de casi todas las condiciones de trabajo y empleo del país de acogida, como cualquier empleado local. Su intención fue la de poner fin a la «segmentación del mercado de trabajo debido a una diferenciación estructural de las normas salariales aplicables a sus respectivos trabajadores».