Los españoles, los únicos europeos que pagan el impuesto de patrimonio

Ana Balseiro
ANA BALSEIRO MADRID / LA VOZ

ECONOMÍA

M. MORALEJO

La mitad de los Estados no gravan las herencias o lo hacen de forma residual

29 nov 2020 . Actualizado a las 05:00 h.

En plena contienda política sobre la conveniencia -o no- de armonizar impuestos para evitar la competencia fiscal entre comunidades autónomas, surge la pregunta del millón: ¿cómo está la fiscalidad española, comparada con la de los vecinos europeos? Para responder es necesario analizar cada impuesto, pues la situación difiere -y mucho- según las figuras tributarias. Pero en el caso de los gravámenes cuya nivelación está ahora en el punto de mira (el impuesto sobre el patrimonio y el de sucesiones y donaciones), la tendencia normativa europea es a la desaparición o, en el peor de los casos, a una aplicación residual.

En concreto, en lo que respecta al impuesto sobre la riqueza, España es una excepción en la UE, ya que es el único país en el que aún se aplica, después de que Francia lo suprimiera a partir del 1 de enero del 2018, reemplazándolo por un gravamen sobre las viviendas con un valor superior a 1,3 millones de euros (excluye la fortuna no inmobiliaria).

Como muestra el mapa adjunto, muchos países nunca han tenido un tributo sobre el patrimonio (es el caso, entre otros, de Italia, Grecia, Portugal, la República Checa, Hungría o el Reino Unido), mientras que otros Estados lo han ido eliminando en las últimas décadas. Austria lo hizo en 1993; Alemania, tres años más tarde; y en 1997, Dinamarca. Luego, en el 2001, se sumaron Polonia y Holanda (lo incorporó al impuesto sobre la renta), Irlanda, Luxemburgo y Finlandia (2006); y Suecia, un año después. En la actualidad solo se declara en Noruega y Suiza.

 En lo que respecta a España, el impuesto, que comenzó a aplicarse en 1977 (inicialmente iba a ser temporal), pasó a ser estable en 1991. Fue el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero quien anunció su supresión en el 2008. La crisis aún no le había hincado el diente a la economía, pero cuando lo hizo, obligó al Ejecutivo a restablecerlo en el 2011. De nuevo, la pretensión era mantenerlo un par de años, algo que no se cumplió.

Están obligados a declararlo quienes sobrepasen los 700.000 euros de patrimonio (excluyendo la vivienda habitual hasta un tope de 300.000 euros). Dado que es un impuesto cedido a las comunidades, estas pueden modificar el mínimo exento (Aragón lo rebajó a 400.000 euros y Cataluña y Extremadura a 500.000), así como variar la escala estatal (una horquilla del 0,2 y el 2,5 % en función de la base liquidable) y aplicar exenciones y bonificaciones. Madrid lo ha llevado al extremo, bonificando el 100 %, lo que de facto neutraliza el tributo. Galicia, por su parte, aplica sin modificaciones la normativa estatal, aunque la capacidad regulatoria autonómica abre importantes brechas fiscales entre los contribuyentes en función de su residencia.

Un sudoku similar se repite con el impuesto que se paga por heredar, sobre el que las autonomías también tienen capacidad normativa. Aunque la presión ciudadana de los últimos años, unida a la fuga de contribuyentes a regiones con menor voracidad tributaria, ha hecho que cada vez más territorios hayan aprobado rebajas, las diferencias fiscales persisten.

Cabe recordar que Galicia, por ejemplo, elevó a un millón de euros la cuantía exenta (excluyendo la vivienda), lo que libera de tributar al 99,9 % de los contribuyentes, pero que por un mismo legado la factura fiscal podría oscilar entre menos de 1.600 euros en Madrid y más de 103.000 en Asturias.

Abriendo el foco a la UE, casi la mitad de sus miembros no aplican impuesto de sucesiones. Junto a España, lo mantienen Francia, Bélgica, Alemania, Dinamarca, Croacia, Italia, Lituania, Polonia, Hungría y Eslovenia. Y el Reino Unido, con un pie fuera del club europeo.

Tributos pensados para reducir la desigualdad, pero con escaso poder recaudatorio

«En el debate público, gravar la riqueza a menudo se presenta como un medio para combatir la desigualdad mediante la redistribución de los recursos. Pero aunque los sistemas varían enormemente de un país a otro, las cuotas de ingresos que generan los dos tipos de impuestos [patrimonio y sucesiones y donaciones] son, sin embargo, bajos». Esta es la conclusión a la que llega un reciente estudio comparativo sobre ambos tributos en los países de la OCDE, realizado por el Instituto de Investigaciones Económicas de Múnich (IFO).

Pese a la polémica de los últimos días, ese mismo argumento pone sobre la mesa el Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF), que en su estudio Panorama de la Fiscalidad Autonómica y Foral 2020 también destaca el escaso músculo recaudatorio de ambos gravámenes. Recuerda, así, que en el 2017 (último dato disponible), de los ingresos tributarios de las comunidades, solo el 1,07 % correspondió al impuesto sobre la riqueza (1.267 millones), mientras que el de sucesiones y donaciones supuso el 2,17 % (2.572 millones).

El 0,2 % del PIB

Tal situación se repite en el resto de los países vecinos. Si en España la recaudación del gravamen sobre las herencia se ha movido desde 1995 entre el 0,2 % y el 0,3 % del PIB, relativamente estable pese a los numerosos cambios normativos, el porcentaje se idéntico en Dinamarca, Alemania, Finlandia, Luxemburgo, Malta o el Reino Unido. Solo en Bélgica y en Francia es más elevado.

Un gallego pagaría entre 1.600 y 32.000 euros más por heredar si se igualan los impuestos

Redacción

La espita la abrió una enmienda presentada por Esquerra Republicana de Catalunya a los Presupuestos del año que viene, en la que el grupo independentista reclama al Gobierno que se fije un tipo mínimo estatal del impuesto de patrimonio. Un cambio legal que permitiría que el Estado recaudase los más de 600 millones de euros que Madrid deja de ingresar cada año por su decisión de bonificar totalmente la cuota del gravamen a las grandes fortunas.

De momento, es lo único cierto que hay sobre la mesa, aunque se da por hecho que es un primer paso en un proceso de armonización fiscal defendido en los últimos meses desde el Ejecutivo y que podría acabar conllevando cambios en otros tributos, como el de sucesiones o incluso el IRPF. Claro que los efectos no serían ni mucho menos los mismos según qué impuesto se toque. A continuación, algunas claves.

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