Para los cambios hacen falta acuerdos

Tomás Dapena SOCIO DE VENTO ABOGADOS Y ASESORES

ECONOMÍA

08 sep 2020 . Actualizado a las 20:50 h.

La llamada «reforma laboral» del 2012 ha sido, desde su aprobación, uno de los temas polémicos de la política española. Si escapamos de la interpretación maniquea que nos lleva a una absurda postura de a favor o en contra, veremos que ha sido útil en algunas cuestiones e inútil en otras.

Inútil, por ejemplo, en la reducción de la temporalidad en la contratación, en la que la Administración pública -y en esto no hay partidos- es el gran empleador precario en España. Útil, entre otras cuestiones, en la simplificación en los trámites de los ERTE (que se han mostrado útiles para el mantenimiento de la relación laboral frente a la extinción); la supresión de los salarios de tramitación en algunos supuestos de extinción, o la mejora en la definición de las causas objetivas de despido. El debate hoy se centra en la posible recuperación de la ultraactividad de los convenios colectivos y la primacía de los convenios sectoriales sobre los de empresa.

En la recuperación de la ultraactividad -prórroga automática del convenio existente en caso de que no se llegue a un acuerdo en la negociación del nuevo- se debate la consecuencia de que las partes no alcancen acuerdos en la negociación. Si optamos por recuperar la ultraactividad, poco interés negociador tendrá la parte beneficiada en una negociación de un convenio anterior; si optamos por no recuperarla, la pérdida de vigencia del convenio en negociación puede hacer que los trabajadores no queden amparados por un convenio de ámbito superior y esto es obviamente injusto.

Solo si patronal y sindicatos negocian de buena fe, como es deseable, el debate sobre la recuperación de la ultraactividad pierde parte de su importancia, pues el plazo de un año para negociar y acordar un nuevo convenio parece suficiente.

Lo mismo sucede con la primacía del convenio sectorial sobre el de empresa. La percepción de que el convenio de empresa es perjudicial para los trabajadores y el sectorial es perjudicial para el empresario, además de mostrar una pobre concepción de la negociación colectiva y de los agentes negociadores, es errónea. El convenio de empresa ha demostrado ser una magnífica herramienta para completar el sectorial y adaptarlo a la realidad de muchas empresas y trabajadores. Mal utilizado es una merma de derechos de los trabajadores impuesto por la empresa en una negociación entre partes desiguales.

Cualquiera de las opciones anteriores puede ser válida y legítima. Su éxito pasará porque, a diferencia de lo que sucedió en el 2012,  se adopte con acuerdo entre la patronal y los sindicatos. La ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, hasta ahora, ha demostrado habilidad para lograrlo, deseémosle la mejor de las suertes.