Economía impone más transparencia con las tarjetas «revolving», pero no limita el interés

J. M. C. MADRID / COLPISA

ECONOMÍA

Europa Press

El cliente debe disponer de una información precontractual más detallada en el punto de venta

28 jul 2020 . Actualizado a las 05:00 h.

El Gobierno quiere evitar más sustos a los ciudadanos con las polémicas tarjetas revolving. El Ejecutivo de Sánchez impuso ayer a las entidades financieras más transparencia en la comercialización de estos créditos, habitualmente asociados a instrumentos de pago como las tarjetas, con una duración indefinida y que se renuevan automáticamente requiriendo el abono de una cuota fija periódica por parte del cliente. Según la orden publicada ayer en el Boletín Oficial del Estado (BOE), los clientes podrán conocer las características del producto que van a contratar y saber con más precisión el coste del préstamo y la deuda que mantienen periódicamente con la entidad. De esta forma, el cliente debe disponer de una información precontractual más detallada en el punto de venta, que deberá reflejarse en un ejemplo representativo de lo que le puede costar ese crédito revolving con dos opciones de cuota, dependiendo del tipo de interés.

Lo que no ha querido introducir en la nueva norma el Ministerio de Economía es una limitación del tipo de interés. Justifican desde el departamento de Nadia Calviño que esto podría tener un efecto contraproducente: si el tipo era muy alto, la banca aplicaría el interés más cercano posible a esa referencia legal, incrementando los costes; y si era muy bajo, se podría excluir del mercado financiero a las familias con menos recursos.