Las empresas rescatadas con dinero público tendrán siete años para salir a flote

C. P.

ECONOMÍA

Etienne Ansotte / European Commiss

Hasta que no recuperen el 75 % de su recapitalización no podrán abordar a otras competidoras

09 may 2020 . Actualizado a las 09:53 h.

«En la próxima fase, las empresas necesitarán inversiones públicas y privadas a gran escala». Es la advertencia que lanzó hoy la comisaria de Competencia, Margrethe Vestager, tras anunciar una nueva vuelta de tuerca al marco temporal de ayudas de Estado. 

El confinamiento impuesto para contener la pandemia ha tenido un enorme impacto en todo el espectro empresarial de la Unión Europea. Desde las compañías aéreas y turísticas, a las automovilísticas y las manufactureras. Todas acumulan enormes agujeros de capital que ponen en cuestión su supervivencia. 

Las necesidades de liquidez son ingentes. Hay países, como Alemania, que pueden sufragar un rescate mucho más extenso y heterogéneo que otros vecinos como España, con una Tesorería en números rojos. Para evitar que esta asimetría presupuestaria precipite problemas de competencia desleal en el Mercado Único, la Comisión Europea ha desplegado esta tarde un paraguas reglamentario con el que coordinar las nacionalizaciones totales o parciales de las grandes, medianas y pequeñas empresas europeas. Estas son las claves. 

Condiciones de rescate

Las ayudas Estatales solo se podrán inyectar por fuerza mayor, cuando no haya «otra solución adecuada posible». Siempre tendrá que haber un interés mutuo. Por un lado, la empresa recibe liquidez para seguir operando, por el otro, el Gobierno evita problemas sociales como el desempleo masivo o la salida de compañías innovadoras, competitivas o de interés estratégico por su peso sistémico para la economía o porque operan en sectores sensibles, como las telecomunicaciones o la aviación. Sea cual sea la circunstancia de la empresa, solo podrá recibir el capital mínimo e indispensable para garantizar su viabilidad. 

En cuanto al volumen de las ayudas, el Estado tendrá que restringirlas en cuanto la compañía alcance el nivel de capitalización previo al estallido de la crisis. Cualquier otro desembolso adicional no será admitido en Bruselas. En el acuerdo de las partes se deberá garantizar una retribución justa para los contribuyentes e incentivar la recuperación de las acciones en manos de sus propietarios para asegurar el carácter temporal de las ayudas. 

Operación salida

¿Hasta cuándo podrá el Estado ejercer control sobre la compañía rescatada? La Comisión Europea quiere que se le remita un plan de estrategia de salida, especialmente cuando se trate de grandes firmas, como pudiera ser Iberia. Las cotizadas dispondrán de un margen de seis años para despedirse del Estado y salir a flote por sí mismas. Las pymes dispondrán de un año más. Si no lo consiguen, o la salida está «en duda», el Gobierno deberá remitir a la Comisión un plan de reestructuración de la empresa.

Coto a los excesos 

Parece lógico pensar que una firma que recibe dinero público tiene que respetar unos límites, también en su gobernanza. Por si la Ejecutiva de alguna de ellas estuviera pensando en pagar dividendos o bonus, Vestager ha dejado hoy claro que estará prohibido hasta que recuperen el 75 % del capital inyectado. Lo mismo ocurre con las recompras de acciones y las oportunidades de mercado. Las compañías que apelen al Estado para capear el temporal no podrán aprovechar el dinero público para hacerse con el control de la competencia. Se vetará la adquisición de más del 10 % de las participaciones de otros operadores del mismo mercado. 

¿Qué pasa con las subvenciones cruzadas? Podría darse el caso de que algún grupo empresarial aprovechase las ayudas públicas a una filial para solucionar los problemas de solvencia de otra empresa. Eso no será posible. Si la empresa integrada antes o después del estallido de la crisis arrastraba problemas de solvencia a fecha del 31 de diciembre del 2019, no podrá beneficiarse de los fondos públicos. Deberá recurrir al auxilio del Estado donde esté ubicada. 

Una última condición: Los Estados deberán notificar de forma pública y en el plazo de tres meses qué empresas han recibido ayudas, por cuánto dinero y en qué condiciones. 

El marco extraordinario de ayudas de Estado seguirá vigente hasta finales del 2020, pero las operaciones de rescate se podrán prolongar, si están aprobadas antes de esa fecha, hasta junio del 2021.