Problemas para abonar el alquiler en 15.000 negocios gallegos: «No pagar no es la solución, lo más razonable es negociar»

G. L. REDACCIÓN / LA VOZ

ECONOMÍA

ALBERTO LÓPEZ

En el bufete Caruncho, Tomé & Judel constatan la buena voluntad de los propietarios para condonar o rebajar las rentas durante el estado de alarma

17 abr 2020 . Actualizado a las 05:00 h.

Aunque la moratoria hipotecaria se amplió para cubrir también los préstamos suscritos para financiar la compra de un local comercial, con las ayudas al alquiler no ha ocurrido lo mismo. Una circunstancia que, según los cálculos del bufete Caruncho, Tomé & Judel compromete la situación de 15.000 negocios en la comunidad, en dificultades para abonar la renta y que puede acabar por llevar al cierre definitivo a un alto porcentaje de estos establecimientos, con las consecuencias devastadoras que esto puede tener para la economía gallega.

La situación, según explica Carlos Tomé, perjudica tanto a los arrendatarios, por los problemas para hacer frente al pago del alquiler con el negocio cerrado y, por tanto, sin facturar; como a los arrendadores, que en las últimas semanas han recibido notificaciones de las empresas a las que tienen alquilados sus locales comunicando que no iban a abonarles la renta, lo que ha dejado a muchos pequeños propietarios sin ingresos.

La solución, destaca el abogado, no pasa por adoptar una decisión unilateral: «No puedes dejar de pagar, lo más aconsejable en esta situación es negociar». De hecho, en el bufete están mediando entre arrendadores y arrendatarios y dicen que, por su experiencia, los propietarios suelen mostrarse «razonables», con grados de generosidad que van desde la condonación total del alquiler durante el estado de alarma a rebajas parciales o aplazamientos.

Soluciones que, en todo caso, cree que son mejores que la vía unilateral o la apelación a la cláusula rebus sic stantibus, un precepto del derecho romano incluido en nuestro ordenamiento jurídico por la jurisprudencia del Tribunal Supremo y al que se está recurriendo mucho en esta crisis, ya que permitiría modular las obligaciones del contrato, o incluso suspenderlas, al haber cambiado de forma drástica las condiciones que había cuando fue celebrado. Pero el experto recuerda que ejercitarlo por los cauces legales abriría un proceso que se podría demorar muchos meses, mientras que hacerlo a las bravas, dejando de pagar la renta, podría derivar en un procedimiento de desahucio que sería mucho más rápido y en el que no está claro que se pueda apelar a esa cláusula, por lo que aconseja siempre buscar el acuerdo con el arrendador.