Los autónomos podrán seguir trabajando aunque sean de sectores no declarados esenciales

Redacción LA VOZ

ECONOMÍA

Ricardo Rubio

El Gobierno aclara que no les afecta el cierre casi total de la economía porque perderían sus ingresos

31 mar 2020 . Actualizado a las 13:46 h.

Pese a la paralización de toda la actividad económica no esencial, los autónomos podrán seguir trabajando aunque pertenezcan a un sector que no haya sido considerado básico por el Gobierno. Así lo aclaró ayer por la noche el Ejecutivo en una orden ministerial publicada en el Boletín Oficial del Estado, en la que establece que el permiso retribuido recuperable impuesto a las empresas «únicamente resulta de aplicación a las personas trabajadoras por cuenta ajena».

«Por tanto, las personas trabajadoras por cuenta propia quedan fuera de su ámbito de aplicación, toda vez que no podría hacerse efectiva ni la contraprestación económica ni la recuperación de horas». Esto es, que no se aplica a los autónomos porque ellos, a diferencia de los asalariados, a los que la empresa les deberá seguir pagando el sueldo íntegro, se quedarían sin ingresos durante estas dos semanas de paralización casi absoluta de la actividad.

De esta forma, la orden publicada ayer en el BOE aclara que todos los trabajadores por cuenta propia que estaban en activo la semana pasada «pueden continuar prestando sus servicios normalmente». Los únicos que siguen obligados a estar parados son los que trabajaban en alguno de los sectores cuya actividad quedó restringida por el decreto mediante el cual se declaró el estado de alarma, por ejemplo los de la hostelería, porque en ese caso sí tienen la posibilidad de pedir la prestación extraordinaria por cese de actividad y la exoneración de las cuotas a la Seguridad Social durante el tiempo que dure la alerta sanitaria.

En cualquier caso, los que puedan seguir en activo también tienen la posibilidad de acogerse a esa ayuda si justifican una caída de sus ingresos, que debe alcanzar el 75 % respecto a la media de su facturación en el semestre anterior, de acuerdo a lo establecido por el Ministerio de la Seguridad Social.