Las gestorías administrativas mantienen su actividad como servicio esencial

La Voz

ECONOMÍA

Miguel Souto

El inicio del calendario fiscal, en abril, no se verá afectado por las nuevas medidas del Gobierno para luchar contra el coronavirus

29 mar 2020 . Actualizado a las 15:59 h.

Este sábado el presidente del Gobierno de España, Pedro Sánchez, anunció en una rueda de prensa una nueva serie de medidas más restrictivas para luchar contra el COVID-19. El Ejecutivo ha dispuesto que «todos los trabajadores de actividades no esenciales deberán quedarse en casa durante dos semanas como lo hacen el fin de semana».

La medida no afectará a una serie de profesionales entre los que se encuentran «las personas trabajadoras que presten servicios en gestorías administrativas y de graduados sociales, asesorías, despachos profesionales, servicios ajenos y propios de prevención de riesgos laborales y, en general, aquellas dedicadas a la actividad de asesoramiento legal, fiscal, empresarial y sociolaboral o a la defensa de los intereses de las personas consumidoras». Esta decisión está pendiente de ser publicada en el BOE.

Desde que se puso en vigencia el estado de alarma, la carga de trabajo que tienen en este sector ha aumentado de una forma exponencial. Algunos afirmaban esta semana estar desbordados ante las tramitaciones de ERTE: «Le damos prioridad a la regulación de empleo sobre la tramitación de las ayudas para los propios autónomos. Es más urgente liberarles de la carga de personal. Pero soportan tanta tensión que algunos no lo entienden y tenemos muchas discusiones. Y el IVA es una tensión más», apuntaban desde una gestoría. Estos profesionales son fundamentales a la hora de gestionar cualquier tipo de formulario administrativo o prestación, entre otros.

Con el inicio del mes de abril los trabajadores de las gestorías tendrán que sumar la presentación de la autoliquidación del IVA recaudado en el primer trimestre del 2020 por parte de los autónomos así como en las retenciones de los trabajadores, retenciones e ingresos a cuenta por arrendamientos de inmuebles urbanos y pagos fraccionados del IRPF. Las nuevas restricciones no afectarán ni interrumpirán el calendario fiscal establecido por el Ejecutivo español. El próximo día 20 de abril los autónomos están obligados a presentar estas declaraciones y, si lo hacen fuera de plazo, «deberán pagar un recargo si lo realizan de manera voluntaria, o con una sanción del importe de la declaración a pagar, si es por requerimiento de la Agencia Tributaria», explicaban desde APE Galicia.

Por todo ello, asesorías y gestorías tendrán que mantener su actividad para evitar el colapso administrativo.