La Justicia europea avala sustituir el IRPH en hipotecas abusivas

Cristina Porteiro
cristina porteiro REDACCIÓN / LA VOZ

ECONOMÍA

ALBERTO LÓPEZ

La banca podría afrontar pérdidas millonarias si se certifica el uso opaco del índice

28 ene 2022 . Actualizado a las 16:18 h.

¿Abusaron los bancos al utilizar el IRPH Caja en los contratos hipotecarios? Eso habrá que verlo caso por caso. Todos los préstamos sujetos al índice -muy popular en la época del bum inmobiliario-, tendrán que ser examinados de arriba a abajo para aclarar si el uso que hicieron de él los bancos fue poco transparente o abusivo. Y les corresponde a ellos demostrar que su comportamiento fue inmaculado. De lo contrario, la justicia podría obligar a sustituir el IRPH por otro índice e incluso anular el contrato.

Así lo decretó ayer el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) tras pasar de puntillas por todas las cuestiones planteadas en el litigio entre Marc Gómez del Moral Guasch contra la Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Madrid (actual Bankia). El afectado había acusado a la entidad de apoyarse en la opacidad del IRPH para cargar un sobrecoste en intereses de entre 18.000 y 21.000 euros en su hipoteca de 132.222,66 euros. El volumen habría sido sensiblemente inferior de haber referenciado el contrato al euríbor, por entonces el más común y beneficioso para el cliente. Gómez del Moral solicitó su nulidad, a pesar de que el Tribunal Supremo había rechazado tal posibilidad en una sentencia previa.

Ante las dudas que suscitó su postura, el Juzgado Primera Instancia n.º 38 de Barcelona decidió consultar al TJUE en el 2018: ¿se puede considerar abusiva la cláusula?, ¿quién tiene competencia para hacerlo?, ¿debe estar sometida a un control de transparencia?, ¿qué consecuencias acarrea su suspensión? Son algunas de las preguntas que se formularon entonces y a las que ayer respondió el Tribunal de Luxemburgo devolviendo la pelota a los jueces españoles. Ellos deberán valorar si la cláusula es abusiva en función de las condiciones en las que se cerraron los contratos individualmente.

Transparencia

El factor transparencia será crucial. Los magistrados europeos sostienen que para cumplir con esa exigencia, la cláusula que incorpora el IRPH «no solo debe ser comprensible en un plano formal y gramatical, sino también permitir que el consumidor medio, normalmente informado y razonablemente atento y perspicaz, esté en condiciones de comprender el funcionamiento concreto del modo de cálculo y de valorar así las consecuencias económicas». Una posición que enmienda la del Supremo, pues consideraba suficiente advertir del carácter variable del índice sin tener que aportar información sobre su evolución en los últimos dos años o sobre su clave de cálculo.

Consecuencias

Ahora bien, ¿cuáles son las consecuencias de esta sentencia? El TJUE abre las puertas a que los jueces españoles sustituyan el polémico IRPH en los contratos por otro índice de referencia «siempre que el contrato de préstamo hipotecario no pudiera subsistir tras la supresión de la cláusula abusiva y que la anulación del contrato en su totalidad dejara al consumidor expuesto a consecuencias especialmente perjudiciales», como tener que liquidar en un solo plazo la cantidad pendiente de devolución. Y aquí es donde el TJUE abona el campo para las interpretaciones creativas porque los afectados están seguros de que los jueces españoles intentarán cambiar de forma automática el índice -y no anular el contrato en su totalidad-, para limitar las pérdidas de los bancos. «Veremos cómo nos sorprende el Supremo interpretando esta sentencia. Estoy seguro de que hará como con el vencimiento anticipado, diciendo que el contrato de préstamo no puede existir sin interés y lo sustituirá por otro tipo que, cuantitativamente, evitará que la banca devuelva dinero», sostuvo ayer desde Luxemburgo el abogado José María Erauskin, quien considera «un éxito» la resolución del TJUE: «Estoy francamente contento después de ocho años luchando contra este índice y con todos los sopapos que nos hemos ido llevando. Es un alivio», celebró después de la lectura.

El escenario judicial que se abre ahora es el de una cascada de denuncias contra las entidades. Solo en Galicia hay alrededor de 30.000 afectados. La Asociación Hipotecaria Española (AHE) calcula que la sentencia afectará a 17.000 millones de euros en saldo vivo vinculados a este índice de referencia. No obstante, cualquier préstamo ya amortizado podrá revisarse. En declaraciones a Efe, el asesor de la Confederación Española de Cajas y Ahorros (CECA), Alberto Aza, defendió que las entidades bancarias «venían cumpliendo, lógicamente, con la normativa vigente» y que el IRPH era accesible para cualquiera, puesto que estaba publicado en el BOE.

Escenario «conflictivo»

«Fíjate que los bancos hoy están subiendo en bolsa», apuntaba ayer José Luis Barral, de Laterna Abogados, tras conocerse la sentencia del TJUE. Es un síntoma de que la resolución, aunque «positiva» para los afectados, cojea en un frente: en el de la posible sustitución del IRPH por otro índice que no tiene por qué ser el euríbor. Y a eso se aferran provisionalmente las entidades para sostener que la contienda se decanta a su favor. «La sentencia no es la panacea, ya lo sabíamos. Si el índice se sustituye, puede ser por otro IRPH, que son similares. Se deja cierta mano al banco», admite Barral.

Ese es el terreno donde se pueden enfangar las demandas de los afectados. Hay precedentes: las cláusulas suelo y la interpretación restrictiva que hizo el Supremo en torno a la devolución del dinero. Los letrados consultados creen que el Tribunal buscará la manera de limitar el impacto para las entidades bancarias en aquellos casos donde se certifique que ha habido abuso. Si se accede a suprimir el IRPH por otro índice de forma automática y sin contar con la opinión de los clientes —a quienes les podría interesar más la nulidad completa del contrato—, podríamos asistir a un nuevo encontronazo entre entidades y clientes que, en última instancia, se resolvería de nuevo en Luxemburgo.

Por ahora hay usuarios que ya se han animado a presentar demandas y esto solo irá a más: «Habrá un aluvión de demandas», augura Barral, quien cree que se abre un escenario optimista pero «conflictivo» porque ningún cliente admitirá la sustitución del IRPH por otro índice que no sea el euríbor, el menos perjudicial para los hipotecados.