Anulan una hipoteca porque la avalista era sordomuda y analfabeta

Redacción | La Voz REDACCIÓN / AGENCIAS

ECONOMÍA

La Justicia obliga a la entidad bancaria a hacerse cargo de las costas

03 feb 2020 . Actualizado a las 08:27 h.

El Juzgado de Primera Instancia número 4 de Valladolid ha decretado la nulidad del préstamo de una hipoteca concedida por Ibercaja Banco S. A. el 5 de marzo del 2010 a un hombre que utilizó a su hermana sexagenaria, sordomuda, analfabeta y oligofrénica como avalista.

La sentencia, recogida por Europa Press, respalda la tesis de la abogada de M. G. N., quien sostenía que su clienta no era consciente de lo que firmaba al ponerle delante los papeles bancarios. Distintos informes psicológicos concluyeron que la mujer «carecía de capacidad suficiente para comprender la trascendencia, obligaciones y efectos patrimoniales de su firma en la operación de préstamo» y razón por la cual aprecian «vicio del consentimiento».

El contrato se efectuó con la presencia de un notario y hasta de un intérprete de signos, quienes no pusieron objeciones en ningún momento a la operación.

Avales anulados

Tras una enfermedad de carácter neurológico (meningitis) al poco tiempo de nacer, M. G. N. se quedó sorda y sin posibilidad de desarrollar el lenguaje oral. No recibió ningún tipo de instrucción o formación académica debido a su discapacidad física y la oligofrenia que padece.

Aprovechando la merma de facultades de su hermana, el acusado contrató la hipoteca poniendo como aval la vivienda donde residía la mujer. Una práctica que ya había cometido con anterioridad al suscribir otros tres préstamos con los que sufragó, entre otras cosas, la explotación de máquinas tragaperras en su bar.

Dichos contratos de crédito fueron anulados previamente por la Justicia. Los problemas llegaron cuando el acusado dejó de hacer frente a los pagos vinculados a la hipoteca suscrita, según fuentes jurídicas. Fue entonces cuando la amenaza del embargo recayó sobre la hermana.

De acuerdo al fallo judicial, el contrato no puede darse por válido, dadas las condiciones físicas y mentales de la mujer. Además de anularlo, el juez reprocha al notario haber dado fe, a pesar de la manifiesta discapacidad intelectual de la firmante, quien fue sometida a un aislamiento social y familiar. También obliga a la entidad bancaria a hacerse cargo de las costas.