Una situación similar se da desde que a principios del 2017 el Gobierno puso en marcha el mecanismo extrajudicial para resolver el conflicto de las cláusulas suelo tras el fallo favorable al cliente del TJUE, que exigía la devolución de todo el dinero cobrado de más desde mayo del 2013. En ese posible acuerdo que alcancen ambas partes, el hipotecado renuncia, de facto, a emprender cualquier acción legal contra la entidad. Y lo hace por escrito, con su firma. Una opción que ahora también se ve avalada por el Abogado de la UE en favor de la banca.
Inferioridad del cliente
El letrado explica que «no puede perderse de vista» la situación de «inferioridad» de un consumidor con respecto a una entidad financiera ni «pasar por alto» el riesgo de renunciar a plantear acciones legales contra una cláusula abusiva. Esta situación de inferioridad, asegura, debe compensarse mediante una «intervención positiva» de un juez. En concreto, esta «intervención positiva» supone que un tribunal debe comprobar, incluso de oficio, si la renuncia es fruto de un «consentimiento libre e informado» del cliente o «de un abuso de poder».