Entre Hacienda y la Seguridad Social, a este jubilado lo tienen machacado

ECONOMÍA

Maria Pedreda

Crónica económica

15 dic 2019 . Actualizado a las 05:00 h.

La historia de Fernando Lagoa, un vecino de Sada (A Coruña), de 71 años, es quizá la de uno de esos tantos contribuyentes ya jubilados y con hijos con una minusvalía a cargo que se encuentran peleando con Hacienda y la Seguridad Social por cuestiones varias y que, en todos los casos, tienen que ver con sus declaraciones y sus prestaciones. La diferencia entre el protagonista de esta crónica y buena parte de los lectores de este periódico que están en su misma situación es que Fernando Lagoa es de los que no se rinden a la primera: fue a los tribunales y ganó el pleito.

El hombre de esta historia vive con su mujer, que cobra una pensión no contributiva de 392 euros, y con su hijo, que tiene una minusvalía y recibe otra de 392. Todos los años hacen la declaración y les sale a cero. En medio de esta normalidad, Fernando, que trabajó en una fábrica en Arteixo, estuvo discutiendo con la Seguridad Social durante 8 años hasta que consiguió que ese organismo le reconociese una invalidez absoluta. Ese año él tuvo derecho al cobro de un seguro de vida «que no es ganancial», subraya. Además, en esos 8 años dejó de percibir 30.000 euros, cantidad que se corresponde con la diferencia que hay de cobrar una pensión de 600 a 900 euros en 14 pagas. Ese fue su primer conflicto con la Administración, que lo ganó.

Pero no todo iba a ser paz y serenidad. No. Un año (allá por el 2015) realizó la declaración de la renta a través del programa padre. La hizo en las instalaciones de la Agencia Tributaria, pero por defecto no le incluyeron una nueva desgravación, de 1.200 euros, por hijo a cargo con minusvalía. Fue por este motivo por el que le pasó desapercibida y no supo que tenía derecho a ella. Pero al año siguiente, sí le aparecía en la declaración y como es avispado preguntó: «Estos 1.200 euros de qué son?» Y se lo explicaron. Es entonces cuando le devuelven los 1.200 euros del año anterior. ¡Miel sobre hojuelas!, pensó. Pero no. ¡Ni mucho menos! Con su eficiencia, la Seguridad Social preguntó a Hacienda si Fernando Lagoa tenía algún recurso económico objeto de embargo. ¿Por qué se lo preguntó? Porque él había cobrado un seguro y, a juicio de la Seguridad Social, su mujer no tenía derecho a recibir una prestación no contributiva.

Hacienda le contestó: Sí, tiene los 1.200 euros de la deducción del hijo con minusvalía. (Este descuento, recogido en el artículo 81 bis de la ley de IRPF, es similar a la de los 100 euros por nacimiento: se puede solicitar a la AEAT el abono de la deducción de forma anticipada o pueden minorar la cuota del impuesto.

En el momento que le embargan, Fernando Lagoa se echa las manos a la cabeza y les advierte: «¡No lo pueden hacer! Yo no engañé a nadie. Hacienda conocía que había cobrado el seguro porque me realizó una retención de 10.000 euros sobre 50.000. Además ese seguro no es ganancial, así que no le afecta a la pensión de mi mujer» (la Justicia no se pronunció sobre este derecho). Pero, además, los 1.200 euros, por ley, no se pueden embargar, son una prestación.

Ni Hacienda ni la Seguridad Social le hicieron caso, así que decidió ir a un contencioso-administrativo y que sentenciase un juez. El fallo fue: «La cantidad ahora embargada en tanto que se corresponde con esa categoría de ayudas y subvenciones para la dependencia bajo la forma de unos beneficios tributarios, una de las formas históricas del régimen de subvenciones y ayudas públicas, nos aparece como inembargable siendo por ello contraria a derecho el acto de ejecución que acuerda dicho embargo y que ahora se combate».

En resumen, ganó y le tuvieron que devolver los 1.200 euros. Pero no se lo pierdan, cada año le vuelven a embargar y a él le toca reclamar.