El Supremo reconoce el derecho de los interinos a la carrera profesional

L. Palacios / E. Martínez MADRID / COLPISA

ECONOMÍA

Oscar Cañas | Europa Press

La única condición que impone el alto tribunal es que lleven cinco años en la Administración

15 nov 2019 . Actualizado a las 05:00 h.

Una sentencia favorable para los interinos después de los reveses judiciales sufridos en las últimas semanas. Aquellos que tengan al menos cinco años de antigüedad tendrán derecho a la carrera profesional, es decir, a recibir un plus económico por su experiencia o valía. Así lo reconoce el Tribunal Supremo en una sentencia hecha pública ayer y que sienta doctrina: no puede haber «discriminación» en función de si la relación laboral del personal de una Administración es temporal o fija.

El fallo estima el recurso de casación presentado por UGT en representación de diez trabajadores de los servicios generales de la Administración de las Islas Baleares y resuelve que el personal interino del Gobierno balear tiene derecho al cobro de la carrera profesional en igualdad de condiciones que los funcionarios de carrera y laborales fijos, siempre y cuando tengan contratos o nombramientos temporales superiores a cinco años.

El sindicato pidió la impugnación de un acuerdo del 2015 del Gobierno balear que excluía al personal interino de la carrera profesional horizontal. Esta demanda fue rechazada en el 2017 por el Tribunal Superior de Justicia de Baleares, pero ahora el Supremo la revoca y la declara «contraria a derecho», puesto que «no hay razones objetivas que justifiquen la diferencia de trato».

La carrera profesional es el conjunto ordenado de oportunidades de ascenso y expectativas de progreso profesional en la Administración conforme a los principios de igualdad, mérito y capacidad. Tiene dos modalidades: la vertical, que consiste en el ascenso en la estructura de puestos de trabajo, y la horizontal, que es la progresión dentro de un mismo puesto, y que es la que solicitaron los diez demandantes.

Para poder acceder a la carrera profesional se ha de tener una antigüedad mínima (el Supremo la fija en cinco años) y el candidato ha de presentar una serie de méritos (cursos, conferencias...). En caso de que se conceda, se traduce en un plus en la nómina.

El 15 % de los trabajadores son funcionarios

El número de empleados públicos no descendió en la misma proporción que en el sector privado durante los perores momentos de la crisis, por lo que el porcentaje de funcionarios sobre el número total de empleados en España pasó del 13,4 % del 2007 al 15,3 % en el 2017. Así lo advierte la OCDE en su informe Government at a Glance 2019, publicado ayer.

Aun así, la cifra se sitúa por debajo del promedio de los 36 países que componen la OCDE, que fue del 18 % en el 2017, último año del que la organización proporciona datos. Por otro lado, el porcentaje de funcionarios sobre el total de empleados de la Administración se sitúa en el 70,2 %, dos puntos por encima de la media de la OCDE, lo que significa que no hay un gran volumen de personal laboral sin plaza fija en las Administraciones públicas españolas.

Dos millones y medio

Y es que la destrucción de empleo en el sector privado durante la crisis fue mucho más aguda que en el sector público, por lo que el porcentaje sobre el empleo ha crecido en estos diez años. Según datos del INE, en el 2007 había 20,72 millones de personas trabajando en España, mientras que en 2017 la cifra había descendido a 18,99 millones (un 8,3 % en diez años). Aún ahora -tercer trimestre del 2019, últimos datos disponibles-, el número de empleados está en 19,87 millones, un millón de personas por debajo de los niveles del 2007.

En cuanto a los funcionarios, la reducción fue mucho menor. En el 2007 había en España un total de 2,55 millones de empleados públicos, según datos del Ministerio de Hacienda. Diez años más tarde, el número se había reducido solo en 19.000 personas, un 0,74 %, un porcentaje mucho menor que la destrucción de empleo producida entre las empresas.