El registro obligatorio de las horas de trabajo es moneda común en la UE

Cristina Porteiro
Cristina Porteiro BRUSELAS / CORRESPONSAL

ECONOMÍA

CARMELA QUEIJEIRO

Del rígido sistema irlandés a la flexibilidad germana, la lucha contra las horas extra ocultas es una prioridad

13 may 2019 . Actualizado a las 19:36 h.

Las jornadas laborales de los españoles deberán quedar escrupulosamente registradas al final del día a partir de mañana. ¿Con qué objetivo? Que no se pierda por el camino ni una sola hora no pagada y no cotizada. Muchas han sido las empresas han puesto el grito en el cielo por los costes técnicos, la incertidumbre, las sanciones y posibles indemnizaciones millonarias que tendrán que pagar. ¿Es una situación inédita? No. Los vecinos europeos nos llevan años de ventaja.

Irlanda

Las autoridades de la isla son más laxas en asuntos tributarios que laborales. Según el Acta de Organización del Trabajo (1997), los empleadores tienen la obligación de mantener actualizados los registros de las horas trabajadas por cada uno de sus empleados. Por días y semanas y detallando la retribución. Unos datos que permanecen guardados tres años. La legislación no especifica qué método deben aplicar las empresas para cumplir con la normativa, el control puede ser electrónico o manual. Eso sí, el seguimiento deberá ser muy exhaustivo porque los inspectores de trabajo tienen pleno acceso a los listados. Los empleadores se enfrentan a multas de hasta 1.900 euros si incumplen las reglas.

Reino Unido

El campeón de la flexibilidad laboral en la UE también cuenta con normas para contabilizar el número de horas trabajadas por cada empleado. La Regulación del Tiempo de Trabajo (1998) obliga a los empresarios a conservar durante dos años los registros de horas trabajadas y horas extras de los empleados de los turnos de noche y de los que tienen regímenes laborales de más de 48 horas semanales. También las de quienes no lleguen a ese umbral, como los jóvenes, para cerciorarse de que sus jornadas «no exceden las ocho horas diarias o las 40 por semana». Aunque las autoridades dan un margen de maniobra amplio para hacer el inventario, el cuál no tiene que especificar las horas de descanso de diario, sí prevén «multas ilimitadas».

Alemania

El país germano no impone ninguna obligación en torno al registro de horas diarias trabajadas por cada empleado dentro de su jornada laboral, pero sí de las extraordinarias. En su Acta sobre Horas de Trabajo (1994), el Gobierno se olvidó de diseñar un sistema de control y registro efectivo que solo se aplica a «los trabajadores que extienden su actividad más allá del horario de trabajo». Esos datos tienen una caducidad de dos años .

Francia

Como cualquier otro asunto en el país galo, la legislación laboral también es tremendamente compleja. Los empleadores deben monitorear las horas de trabajo y los períodos de descanso, ya sea a través de una autodeclaración o un sistema de registro automático de inicio y finalización de la jornada. Esa información deberá recogerse en un informe que se adjuntará a la nómina de cada trabajador. Si se incumplen las reglas, las multas pueden alcanzar el techo de los 750 euros por empleado a mayores del pago debido y posibles perjuicios. Si el volumen de horas extra son excesivas, podría llegarse a considerar un escenario de «trabajo clandestino» que podría llevar a sanciones más serias.

Bélgica

Los empleadores tienen que de llevar un registro de las horas de actividad y jornadas de trabajo efectivas por trimestre, los días de interrupción del trabajo y los motivos del cese. ¿Durante cuanto tiempo? Cinco años. Uno más que ahora en España.