Renta 2018: Las diez claves para ajustar al máximo la declaración

G. Lemos LA VOZ

ECONOMÍA

M. MORALEJO

Los técnicos de Hacienda instan a revisar con lupa el borrador y repasar todas las deducciones

02 abr 2019 . Actualizado a las 16:17 h.

A pesar de que a siete de cada diez contribuyentes la declaración de la renta les saldrá a devolver, los técnicos de Hacienda destacan que son más los que podrían obtener un reintegro, o aumentar el importe de este, si exprimiesen al máximo el catálogo de deducciones. Para optimizar el resultado de su liquidación, y evitar también cualquier posible error antes de confirmar el borrador, desde Gestha lanzaron un decálogo de consejos que no se deben perder de vista a la hora de hacer cuentas con Hacienda a partir del martes. 

1. Prestaciones exentas: la maternidad y las becas

La exención fiscal de las prestaciones públicas por maternidad y paternidad es una de las novedades de esta campaña de la renta. Aunque las percibidas en el 2018 deberían ya figurar correctamente en el borrador, desde Gestha recomiendan revisarlo con atención, para asegurarse de que estos rendimientos no están incluidos. Pero también aumentan los límites exentos de las becas: de 3.000 a 6.000 euros hasta el segundo ciclo universitario (sin incluir gastos de transporte y alojamiento) y de 18.000 a 21.000 para el tercer ciclo.

2. Bienes inmuebles: solo los que son nuestros

Los contribuyentes que tengan viviendas o locales vacíos verán reflejada en su borrador de la declaración de la renta una imputación de rentas inmobiliarias, una cantidad que se consigna como ingreso y que se estima en función del valor catastral del inmueble. En Gestha aconsejan revisar que estas imputaciones sean correctas, «que no haya viviendas que ya no sean de nuestra propiedad, que sean de varios titulares o que esté habitada por el excónyuge». Por otra parte, recuerdan que se deben incluir como rendimientos de capital inmobiliario los ingresos por alquileres turísticos. 

3. Ganancia patrimonial: las ayudas pueden obligarnos a declarar

Las ayudas públicas para la compra de un coche o una vivienda son ganancias patrimoniales que suelen figurar ya en el borrador de la declaración de la renta, aunque hay que cerciorarse de que así sea, para evitar sanciones posteriores. Además, desde este año, el importe de estas ayudas puede obligar al contribuyente a presentar la declaración, si superan los mil euros (por sí solas o junto con otros rendimientos, como los de las letras del Tesoro o las rentas inmobiliarias imputadas). 

4. Situación personal: plasmar los cambios en la unidad familiar

Si en el 2018 el contribuyente ha sufrido cambios en el estado civil o en su situación familiar hay que consignarlos correctamente. Algo especialmente importante con los nacimientos, ya que elevan los mínimos familiares y abren la puerta a practicarse deducciones. Además, Gestha recuerda que en esta campaña de la renta se aplicará por primera vez una desgravación para aquellos contribuyentes que no puedan presentar declaración conjunta por residir parte de los miembros de su unidad familiar en otro Estado miembro de la UE, para equiparar así la cuota con la que correspondería si todos los declarantes hubieran sido residentes fiscales en España. 

5. Deducciones autonómicas: comprobarlas todas

Los técnicos de Hacienda aconsejan tomarnos nuestro tiempo para repasar el catálogo de deducciones autonómicas, que pueden suponer un importante ahorro en la declaración de la renta.

6. Alquiler: algunos inquilinos aún lo pueden deducir

Aunque la deducción estatal por alquiler se eliminó para los contratos firmados desde el 1 de enero del 2015, si el contribuyente arrendó su casa antes de esa fecha todavía podrá seguir aplicándose el descuento, que se mantiene en régimen transitorio. La que sigue plenamente vigente es la deducción autonómica al alquiler, para inquilinos menores de 35 con una base imponible inferior a 22.000 euros. 

7. Vivienda en propiedad: hipotecas y cláusulas suelo

Igual que con el alquiler, la deducción por compra de vivienda se suprimió, con efecto del 1 de enero del 2013. Pero los contribuyentes que la adquiriesen antes de esa fecha podrán seguir descontándose hasta un 15 % de la cuota de la hipoteca, con un límite de 9.040 euros. Eso sí, hay que comprobar el borrador de la declaración de la renta, porque Gestha dice que tras el baile de fusiones en el sector bancario, puede haber casos en los que no se recoja correctamente la deducción. Lo mismo ocurre con las devoluciones por las cláusulas suelo, que también hay que consignar. 

8. Donativos: aportaciones a partidos y oenegés

No solo la solidaridad desgrava en la declaración de la renta. Porque además de las aportaciones a las oenegés, los contribuyentes también se pueden deducir las que realizan a los partidos políticos. En concreto, un 20 % de las cuotas de afiliación, con una base máxima de 600 euros anuales.

9. Planes de pensiones: reducen la base imponible

Las aportaciones al plan de pensiones son una de las vías a las que más se recurre para reducir la factura tributaria, a pesar de que la reforma fiscal redujo la cantidad límite de los ingresos de 10.000 a 8.000 euros anuales, con un tope del 30 % de los rendimientos del trabajo y actividades económicas. El ahorro fiscal dependerá del tipo marginal al que tribute el contribuyente, y oscilará entre el 19 y el 45 % de la cantidad aportada, que lo normal es que aparezca ya consignada en el borrador de la declaración de la renta, aunque lo mejor es revisarlo para evitar errores. 

10. Autónomos: deducir gastos en el hogar

Gestha recuerda que los autónomos que trabajan en su casa pueden desgravar determinados gastos, como las facturas de agua, gas, luz, teléfono o Internet. En concreto, podrán deducirse el 30 % del gasto que corresponda a la proporción de la vivienda que destine a la actividad profesional. Si en una casa de 100 metros, el negocio ocupa 20, se podrán deducir el 6 % del importe de los consumos.