¿Y si tengo que rectificar una declaración ya tramitada?
En caso de que ya haya presentado la declaración pero detecte algún error, lo aconsejable es enmendarlo antes del lunes, dentro del plazo de la campaña de la renta, sobre todo si la modificación supone tener que pagar al fisco. Haciéndolo en tiempo y forma evitaremos recargos y sanciones. Si la declaración complementaria se hace de forma extemporánea, estaremos en una situación similar a la del apartado anterior.
Ya la he presentado, ¿cuánto tardaré en cobrar?
Según la normativa actual, Hacienda tiene seis meses para efectuar la devolución, que empiezan a contar una vez que termina el plazo de presentación de declaraciones, con lo que tendría hasta el próximo 2 de enero. Si para entonces el fisco no le ha realizado el ingreso, empezaría a correr el contador de los intereses de demora (3,75 %).