Nueva Pescanova defiende en los tribunales la legalidad de la ampliación de capital

Alfredo López Penide
l. penide PONTEVEDRA / LA VOZ

ECONOMÍA

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Los dos consejeros con los que la antigua Pescanova estaba en el consejo de la Nueva Pescanova, Alejandro Legarda y Fernando Herce, sostuvieron que se pudo haber optado por otra fórmula

21 jun 2018 . Actualizado a las 05:00 h.

En una larga vista oral celebrada ayer en el Juzgado de lo Mercantil número uno de Pontevedra, Nueva Pescanova defendió la ampliación de capital aprobada en abril del año pasado por algo más de 135 millones de euros, frente al criterio de la antigua Pescanova. Los peritos de la compañía avalaron el informe sobre el que se articuló todo este proceso y destacaron que contó, finalmente, con el visto bueno del auditor.

Por su parte, los dos consejeros con los que la antigua Pescanova estaba en el consejo de la Nueva Pescanova, Alejandro Legarda y Fernando Herce, sostuvieron que se pudo haber optado por otra fórmula antes de acudir a la ampliación de capital. «Existía tensión entre los acreedores financieros y los accionistas. El reparto de la pérdida fue objeto de litigio desde un principio», explicó Legarda, quien sostuvo que la ampliación provocó la dilución de los socios minoritarios. Si antes de este movimiento Pescanova tenía un 20 % de la nueva compañía, tras la ampliación se redujo al 1,65 %.

Los consejeros añadieron que se enteraron del proyecto de la banca de financiación del rescate a través de un crédito senior cuarenta y ocho años del final del concurso. Proponía desembolsar los 135 millones de euros, así como un segundo crédito de 300 millones subordinados. A preguntas del juez, Legarda reconoció que ambas condiciones fueron las que impusieron en su día los acreedores bancarios.

Por su parte, Fernando Herce, además de compartir los argumentos de Legarda, reconoció que se abstuvieron en la votación de la ampliación de capital y confirmó que el auditor emitió una opinión favorable.

Por su parte, el perito de la vieja Pescanova sostuvo que si se hubiera aplicado un tipo de interés riesgo inferior, «hubiera desaparecido la obligación de la ampliación de capital».