Los permisos retribuidos se contabilizan desde el primer día que haya que trabajar

Gabriel Lemos REDACCIÓN / LA VOZ

ECONOMÍA

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El Supremo da la razón a los sindicatos y dice que no tiene sentido iniciarlos un día libre

22 mar 2018 . Actualizado a las 13:38 h.

Cuando un trabajador tenga derecho a un permiso retribuido en su empresa por alguna circunstancia personal (ya sea por matrimonio, nacimiento de un hijo o fallecimiento de un familiar), este empezará a contar a partir del primer día en que tuviera que acudir a su puesto de trabajo. Así lo ha establecido la Sala de los Social del Tribunal Supremo, en una sentencia en la que corrige el criterio fijado anteriormente por la Audiencia Nacional y da la razón a los sindicatos.

El alto tribunal resuelve así el conflicto que mantenían varias centrales (entre ellas CGT, CC. OO., UGT y CIG) y la Asociación de Contact Center Española, la patronal que agrupa a las principales empresas de telemárketing, a cuenta de la interpretación del convenio del sector en lo relativo a estos permisos. Mientras que la parte empresarial entendía que estos debían empezar a contar a partir del día en que se produjese el hecho que diese derecho a él, los sindicatos tenían otro criterio y reclamaban que, cuando la causa se produjese en un día no laborable, el permiso se iniciara el primer día laborable siguiente.

Como no llegaron a un acuerdo ni en la comisión paritaria de interpretación del convenio ni en el servicio de mediación, el caso llegó a la Justicia. Esta, en primera instancia, dio la razón a la patronal, aunque ahora el Supremo, pese a la oposición de la Fiscalía, que pedía la desestimación del recurso, da la vuelta al fallo y se alinea con los sindicatos.

Y es que entiende el alto tribunal que la sentencia de la Audiencia Nacional «no se adapta ni a una interpretación literal del texto del convenio ni al sentido propio de sus palabras ni a la intención de los firmantes». El hecho de hablar de permisos retribuidos, remarcan los magistrados del Supremo, ya «muestra que los permisos se conceden para su disfrute en días laborables, pues en días festivos no es preciso pedirlos porque no se trabaja». «Consecuentemente, si el día en que se produce el hecho que justifica el permiso no es laborable, es claro que no se inicia el permiso por matrimonio, nacimiento de hijo o fallecimiento de familiar hasta el primer día laborable que le siga», concluyen su razonamiento.

Valga un ejemplo: si un trabajador se casa un sábado, y le tocaba librar ese fin de semana (bien porque en su empresa no sea laborable, bien porque fuera su descanso semanal), su permiso de quince días por matrimonio no empezaría a contar hasta el lunes, que es cuando tendría que incorporarse a su puesto.

Catarina Capeáns, del área laboral de Vento Abogados y Asesores, recuerda que esta sentencia solo afecta a los trabajadores de las plataformas de telemárketing y «no crea jurisprudencia en sentido estricto», ya que para ello sería necesario contar con otro fallo en el mismo sentido.

Pese a ello, la experta apunta que lo lógico es que los tribunales sigan a partir de ahora el criterio del Supremo, ya que la mayoría de los convenios no regulan nada sobre cuándo deben iniciarse estos permisos retribuidos. Aunque en la práctica, explica, «lo habitual es que se computen los permisos desde el día en que se produce el hecho que lo origina, con independencia de si es festivo o fin de semana».